Ciudad de México - Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México - (CDMX)
Solicitud del día 29/10/2024 a la dependencia Ciudad de México - Servicios de Salud Pública de la Ciudad de México - (CDMX) del órgano Ciudad de México
DescripciónBuenas tardes solicito de la manera mas atenta información acerca de: 1.- Periodo vacacional oficial del personal de fines de semana adscrito a centros de salud (de los servicios de salud publica de la ciudad de México, dependiente de la SSA) 2.- Equivalencia en tiempo del concepto 30 (prestación de 8 a 10 días por año) de un personal de entre semana a uno de fin de semana, ya que actualmente cobran 2 días de concepto 30 aun personal de fin de semana para que pueda gozar un día completo (de 12 h) en fin de semana. Mencionando que un día de concepto 30, entre semana cubre 8h (el día completo). -Cual es el procedimiento administrativo a seguir para un personal que labora en fines de semana, afiance o consolide el turno de fines de semana ya que no hay ninguno contratado para ese turno, todos son contratados entre semana y autorizados por la autoridad a laborar en fin de semana pero que puede ser movidos en cualquier momento por cualquier excusa.Respuesta del día07/11/2024Texto de respuestaCon fundamento en los artículos 7 y 212 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (LTAIPRC), y con base en la información proporcionada por la Subdirección de Administración de Capital Humano, hago de su conocimiento que respecto al numeral 1, los periodos vacacionales se encuentran establecidos en el artículo 30 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado “B” del artículo 123 Constitucional, así como al artículo 78 fracción I de las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud vigente y aplicables que en su parte conducente dice: Archivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-090173324001283