Ciudad de México - Servicios Metropolitanos, S.A. de C.V. - (CDMX)
Solicitud del día 13/12/2023 a la dependencia Ciudad de México - Servicios Metropolitanos, S.A. de C.V. - (CDMX) del órgano Ciudad de México
DescripciónDocumentos que acrediten la motivación o fundamentación en base a las reglas de operación u otros para que la señora MARIA NORMA CASTILLO GONZÁLEZ asista a las Sesiones Ordinarias del FISO 25822-8 JUÁREZ del Comité Técnico de Parquímetros de la Colonia Juárez celebradas de junio a noviembre del 2023, cuando su responsabilidad como COPACO ya concluyo. En base al ARTÍCULO 232 de la ley de transparencia de la CdMx que a la letra dice. “La certificación de documentos conforme a esta Ley, tiene por objeto establecer que en los archivos del sujeto obligado existe un documento en original, copia simple, digitalizada u otro medio electrónico, igual al que se entrega. En caso de que no hubiera persona facultada para realizar las certificaciones, se entregará la información asentando la leyenda que señale que es copia autorizada de la que obra en los archivos del sujeto obligado”. Solicitamos que la documentación requerida venga foliada y contenga la certificación de los documentos, en caso de no existir la persona facultada, requerimos se nos entreguen “asentando la leyenda que señale que es copia autorizada de la que obra en los archivos del sujeto obligado.” Ya que además de ser enviada por correo, pasaremos a recogerla en físico copias a la unidad de transparencia del ente obligado. Otros datosSERVIMET ocupa un espacio con voz y voto en las Sesiones Ordinarias del Comité Técnico de Parquímetros de la Colonia Juárez - FISO 25822-8 JUÁREZ favor de remitirse a la o las personas que ocupen este cargo o asistan a las reuniones. Respuesta del día29/01/2024Texto de respuestaSe anexa repuesta de la unidad administrativa que detenta la información. Además, se hace de su conocimiento que, el Comité Técnico de Parquímetros de la Colonia Juárez, no es un área adscrita a esta Entidad Paraestatal, por lo que la información puesta a disposición es la que obra en los archivos de este Sujeto Obligado, en aras de cumplir con el principio de máxima publicidad se ha solicitado mediante oficio al citado Comité, envíe la documentación necesaria para dar cabal cumplimiento a la presente solicitud, misma que a la fecha no se ha recibido. También, se informa se pone a su disposición en la modalidad de copia certificada en términos del artículo 232 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, previo pago, la respuesta a su solicitud de información con número de folio 090173423000190; por lo que una vez enviando el comprobante de pago y mediante PREVIA CITA la cual puede agendar al correo: ut.servimet@gmail.com o al teléfono 5556616244 ext. 152, deberá acudir a las oficinas de esta Unidad de Transparencia, ubicadas en Av. Fray Servando Teresa de Mier No. 77 piso 1 Col. Centro. Ciudad de México, C.P.06068, Alcaldía Cuauhtémoc, o en su caso, indicar si requiere el envío de la información solicitada por correo certificado, para lo cual deberá señalar domicilio de recepción y realizar el pago previo del mismo. Por último, en caso no contar con los medios para solventar los costos de reproducción y debido al volumen de la información total de las 25 solicitudes de información registradas en la PNT, se pone a su disposición en la modalidad de CONSULTA DIRECTA, la respuesta a la solicitud de información con número de folio 090173423000190; para lo cual, deberá acudir el día miércoles 7 de febrero, en un horario de 16:00 a 19:00 horas, a las oficinas de esta Unidad de Transparencia, ubicadas en Av. Fray Servando Teresa de Mier No. 77 piso 1 Col. Centro. Ciudad de México, C.P.06068, Alcaldía Cuauhtémoc; en caso de no contar con disponibilidad en la fecha antes mencionada, se solicita agendar una nueva propuesta de cita al correo: ut.servimet@gmail.com o al teléfono 5556616244 ext. 152, lo anterior, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 226 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. "Artículo 226. En aquellos casos en que el solicitante señale que le es imposible materialmente cubrir con los costos de los insumos y los materiales, el sujeto obligado entregará la información en la medida de sus posibilidades presupuestales y en el menor tiempo posible o la pondrán a su disposición en otra vía o en consulta directa en las instalaciones del sujeto obligado". (SIC) Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.Archivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-090173423000190