Ciudad de México - Sistema de Aguas de la Ciudad de México - (CDMX)

Solicitud del día 12/11/2024 a la dependencia Ciudad de México - Sistema de Aguas de la Ciudad de México - (CDMX) del órgano Ciudad de México

DescripciónAUTORIDADES DE LA CIUDAD DE MÉXICO ASUNTO: PUESTO AMBULANTE ALCALDÍA CUAUHTÉMOC Director de Mercados y Vía Pública PRESENTE LIC. FERNANDO AGUILAR ROMERO MALPICA, por mi propio derecho, mayor de edad, de nacionalidad mexicana y habitante de la Ciudad de México, y en representación de vecinos y restauranteros de la Colonia Roma Norte, con fundamento en el artículo 44 fracción VII de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México señalo como medio para oír y recibir notificaciones el correo electrónico: enriquecantillocervantes@gmail.com, y autorizando en términos del artículo 42 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, al Licenciado Roberto Julio Chávez Delgado con cédula profesional 6666684, comparezco ante Usted con el debido respeto para exponer: Que por medio de la presente, con fundamento en el artículo 1 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 2 y 3 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, artículo 28 fracciones II y III de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, y demás normas relativas y aplicables en la materia, vengo a manifestar y a solicitar los siguiente: Es el caso, que el día 25 de octubre de 2024 en un horario de 18:00 hrs a 23:00 hrs, los días miércoles, jueves viernes sábado y domingo, quien suscribe, vecinos y restauranteros de la calle de Mérida y los vecinos de la calle Colima, nos percatamos que se está colocando un puesto ambulante de postres y panes sobre la calle de Mérida a la altura del número 88 (al lado del Oxxo) en la Colonia Roma Norte, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06700 en esta Ciudad de México, por lo que estamos preocupados que se empiece a llenar de más puestos ambulantes toda la calle como ha sucedido anteriormente y sobre todo porque ya son demasiados puestos en estas calles, ya que comienzan poniéndose unos días y después se colocan todos los día y todo el día, y como ya hemos pasado por esa situación, después es más complicado iniciar los procedimientos administrativos correspondientes para su reubicación, por lo que pedimos, con anticipación, a esta H. Autoridad la remoción de dicho puesto, es por ello que se solicita respetuosamente los siguiente: 1. Se solicita la remoción del puesto ambulante de postres ubicado sobre la calle de Mérida a la altura del número 88 en la Colonia Roma Norte, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06700. 2. Se solicita no se autorice la colocación de puestos ambulantes sobre la calle de Mérida entre calle Colima y Tabasco, así como sobre la calle de Colima entre calle Mérida y Frontera, tomando como base el acuerdo realizado, en su momento, con las autoridades mencionadas en el proceso administrativo antes citado. 3. De existir un permiso emitido por esta H. Autoridad al puesto ambulante que nos ocupa, se me expida la información sobre que fundamentos o bases se emitió dicho permiso. Por lo anteriormente fundado y expuesto, solicito Atentamente: ÚNICO.- Se no otorgue información sobre los permisos de venta en vía publica puesto ambulante de postres y panes sobre la calle de Mérida a la altura del número 88 (al lado del Oxxo) en la Colonia Roma Norte, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06700 en esta Ciudad de México. PROTESTO LO NECESARIO FERNANDO AGUILAR ROMERO MALPICA Ciudad de México, México, a los 26 de octubre de 2024Otros datosPuesto ambulante de postres y panes sobre la calle de Mérida a la altura del número 88 (al lado del Oxxo y frente a una reja negra) en la Colonia Roma Norte, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06700 en esta Ciudad de México Remitido por el Instituto de Verificación Administrativa de la Ciudad de MéxicoRespuesta del día12/11/2024Texto de respuestaSOLICITUD 090173524002339 P R E S E N T E En atención a su solicitud de información pública número 090173524002339 ingresada a este Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACMEX) a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), remitida por el Instituto de Verificación Administrativa, mediante el cual solicita diversa información. Al respecto, le informo que después de un análisis de dicha solicitud, este SACMEX no es la dependencia competente para dar atención a la presente, toda vez que no genera, detenta, resguarda o administra la información que ha requerido. No obstante, y conforme al artículo 200 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, que a la letra dice: “Cuando la Unidad de Transparencia determine la notoria incompetencia por parte del sujeto obligado dentro del ámbito de su aplicación, para atender la solicitud de acceso a la información, deberá de comunicarlo al solicitante, dentro de los tres días posteriores a la recepción de la solicitud y señalará al solicitante el o los sujetos obligados competentes.” (Sic). En razón de lo anterior, se orienta su solicitud a la siguiente Unidad de Transparencia, para que solicite la información que usted considere pertinente para su correcta y oportuna atención, con los siguientes datos de contacto: (...)Archivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-090173524002339

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónManualprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaNotoria incompetencia por la totalidad de la informaciónTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaMedio electrónico aportado por el solicitanteFecha limite de respuesta26/11/2024Fecha solicitud término12/11/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deCiudad de MéxicoSector de la dependenciaPoder Ejecutivo