Ciudad de México - Alcaldía Cuauhtémoc - (CDMX)

Solicitud del día 15/10/2024 a la dependencia Ciudad de México - Alcaldía Cuauhtémoc - (CDMX) del órgano Ciudad de México

DescripciónSolicito informacion sobre el estado de las carpetas de investigación siguientes, dado que la obra en Zacatecas 87 sigue en operaciones fuera de las regulaciones de la CDMX: Proteccion CivilAC/DGG/SVR/OVPC/098/2024 Obras AC/DGG/SVR/OVO/ 041/2023 Uso de Suelo AC/DGG/SVR/OVU/071/2024Otros datosProteccion Civil: AC/DGG/SVR/OVPC/098/2024 Obras: AC/DGG/SVR/OVO/ 041/2023 Uso de Suelo: AC/DGG/SVR/OVU/071/2024Respuesta del día16/10/2024Texto de respuestaAl respecto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 203 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, cuando la solicitud presentada no fuese clara en cuanto a la información requerida o cuando los detalles proporcionados para localizar los documentos resulten insuficientes, incompletos o sean erróneos, la Unidad de Transparencia podrá requerir al solicitante que indique otros elementos o corrija los datos proporcionados; o bien, precise uno o varios requerimientos de información. En ese sentido, esta Alcaldía hace de su conocimiento que del análisis a lo manifestado en el folio de referencia, no se desprende la información pública a la cual desea acceder, por lo cual, y para estar en condiciones de atender a cabalidad su razón de pedir, se le solicita que precise con claridad y proporcione los elementos con exactitud de cuál es su requerimiento de información, y a que se refiere con “carpeta de investigación,” con fundamento, en el “Artículo 199. La solicitud de información que se presente deberá contener cuando menos los siguientes datos: La descripción del o los documentos o la información que se solicita,” lo anterior, para así poder brindarle la atención puntual a sus requerimientos. De esta manera, salvaguardar su derecho de acceso a la información pública, mediante la entrega de la información que, en su caso, obre en poder de este órgano político administrativo. Aunado a lo anterior y en atención a lo dispuesto en el artículo 199 de la Ley de Transparencia en comento, mucho agradeceremos que amplié la descripción de la información solicitada. No se omite aclarar que de acuerdo a lo establecido en el artículo 203 de la normatividad anteriormente citada, será necesario contar con su respuesta en un plazo no mayor a 10 días hábiles; de lo contrario, se tendrá por no presentada su solicitud. Archivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-092074324003267

Datos adicionales

EstatusDesechada por falta de respuesta del ciudadanoTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionSidisponibilidadNoquejaNoRespuestaPrevención por la totalidad de la informaciónTipo de respuestaFALTA DE TRAMITEMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta29/10/2024Fecha solicitud término16/10/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deCiudad de MéxicoSector de la dependenciaAyuntamientos