Ciudad de México - Alcaldía Cuauhtémoc - (CDMX)
Solicitud del día 28/10/2024 a la dependencia Ciudad de México - Alcaldía Cuauhtémoc - (CDMX) del órgano Ciudad de México
DescripciónDe acuerdo a la Gaceta publicada el 03 de junio del presente, se hace del conocimiento a la población que a partir del 7 de junio de 2024, entró en operación la Plataforma Digital en materia de trámites de obra y construcción en la Ciudad de México, denominada “Ventanilla Única de Construcción”, a fin de que se lleve a cabo la recepción y atención de los trámites que se enlistan a continuación: I. Certificado de Uso del Suelo por Reconocimiento de Actividad; II. Modificación de Planos de Alineamientos y Derechos de Vía; III. Constancia de alineamiento y/o número oficial; IV. Certificado de derechos adquiridos y redensificación; V. Registro de Manifestación de Construcción Tipo A; VI. Constancia de Publicitación Vecinal y Manifestación de Construcción Tipo B o C; VII. Constancia de Seguridad Estructural, Visto Bueno de Seguridad y Operación y Aviso de Terminación de Obra; VIII. Dictamen de impacto ambiental; y IX. Dictamen de impactos urbanos, ambientales y sociales Al respecto, me gustaría tener conocimiento de lo siguiente: a) Si en esta nueva administración dichos trámites únicamente podrán ser solicitaos por medio de la plataforma digital o también físicamente ante la Ventanilla de la Alcaldía b) Si los trámites ingresados en la administración anterior directamente en la VUT a los que no se ha dado una respuesta, y que hayan sido ingresados en fechas posteriores al 07 de junio, se les puede dar un seguimiento físico, es decir, ¿las prevenciones, subsanes, autorizaciones, rechazos, etc. aún se realizarán y recogerán físicamente a través de la Ventanilla Única de Trámites? o ¿se tendrán que realizar ahora a través de la ventanilla digital? c) Para el caso de los trámites que se vieron afectados por la suspensión de términos en este cambio de administración, ¿será necesario realizar nuevamente el ingreso a través de la plataforma digital o se dará el seguimiento físico de los trámites como se había manejado hasta ahora? d) Si el tiempo de respuesta que tiene la autoridad para dictaminar los trámites sigue contando aun habiendo suspensión de términos, o también se suspende la cuenta de los días e) La razón del porqué no se había habilitado la modalidad digital de los trámites de desarrollo urbano en su dependencia, y si eso nos afectará a nosotros los particulares en la dictaminación, resolución, autorización y/o rechazo de los mismos f) Si existe algún fundamento legal que obligue al particular a realizar este tipo de trámites únicamente a través de la plataforma digital, o si en su caso, podrán seguir realizándose de manera física g) Si los trámites que no son mencionados en dicha gaceta seguirán funcionando de la misma manera que hasta ahora, o bien habrá alguna modificación en su ingreso y proceso de dictaminación y respuestaRespuesta del día07/11/2024Texto de respuestaSE ANEXA RESPUESTA A SU PETICION DE INFORMACIONArchivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-092074324003564