Ciudad de México - Alcaldía Iztacalco - (CDMX)
Solicitud del día 08/06/2023 a la dependencia Ciudad de México - Alcaldía Iztacalco - (CDMX) del órgano Ciudad de México
Descripciónde sus vehículos comprados y rentados , patrullas motos , o para otros fines de los últimos 5 años, contrato, estudios de mercado, revisión de anexos que realizo el OIC , acta del sub comite de adquisiciones arrendamiento y prestación de servicios investigaciones que tienen los OIC al respecto especialmente las empresas de Grupo Andrade autoangar, total parts e integra arrenda , como es necesario por ley y reglamento de transito la portación de placas, se se les solicita su numero, tarjeta de circulación su numero, fecha de expedición, autoritariidad que la expidió, pago de tenencias por todo el periodo rentado , monto pagado por modelo año y para vehículos no de seguridad, numero de verificación , revisión que realizaron los OIC a estos en el acta de resguardo la cual se les solicita . , para los vehículos rentados ( responsabilidad de la empresa pagarlos y tramitarlos SI y también de los funcionarios de recibir las unidades con su documentación completa en el acta de resguardo incluidos los servicios preventivos correctivos y vehículos sustituidos, se solicita copia / ,de la SSC entregar el contrato SSC/ 105 / 2022 con estudios de mercado, acta del sub comite, revisión del OIC al respecto , así como las autorizaciones de los contratos multianualesRespuesta del día30/06/2023Texto de respuestaNOTIFICACIÓN DE LA RESPUESTA A SU SOLICITUD DE INFORMACIÓN PÚBLICA CON NÚMERO DE FOLIO 092074523002665 Iztacalco Ciudad de México., a 30 de junio 2023. A QUIEN CORRESPONDA cobramayor@protonmail.com PRESENTE En atención a su solicitud de información pública con folio 09207453002665 presentada el día 08 de junio 2023 a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, Sistema (SISAI), mediante la cual requiere: “de sus vehículos comprados y rentados , patrullas motos , o para otros fines de los últimos 5 años, contrato, estudios de mercado, revisión de anexos que realizo el OIC , acta del sub comite de adquisiciones arrendamiento y prestación de servicios investigaciones que tienen los OIC al respecto especialmente las empresas de Grupo Andrade autoangar, total parts e integra arrenda , como es necesario por ley y reglamento de transito la portación de placas, se se les solicita su numero, tarjeta de circulación su numero, fecha de expedición, autoritariidad que la expidió, pago de tenencias por todo el periodo rentado , monto pagado por modelo...................................................”..(SIC) La Subdirección de Evaluación y Seguimiento de Programas Administrativos a través de su similar AIZT-DRMSG/1435/2023 de hace de su conocimiento que la información que solicita consta de 114 copias simples, por lo anterior se requiere realice el previo pago de 54 copias simples; cabe mencionar que se proporcionan 60 copia gratuitas. No omito mencionar que el recibo de pago se genero, esta disponible en la Plataforma Nacional de Transparencia. Lo anterior con fundamento en el artículo 223 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, y el artículo 249, Fracción I del Código Fiscal de la Ciudad de México. La información se entrega en el estado en que se encuentra, con fundamento en el artículo 7 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, que a la letra establece: … Artículo 7, párrafo tercero. …Quienes soliciten información pública tienen derecho, a su elección, a que ésta les sea proporcionada de manera verbal o por escrito o el estado en que se encuentre y a obtener por cualquier medio la reproducción de los documentos en que se contenga, sólo cuando se encuentre digitalizada. En caso de no estar disponible en el medio solicitado, la información se proporcionará en el estado en que se encuentre en los archivos de los sujetos obligados, y cuando no implique una carga excesiva o cuando sea información. Criterio emitido durante la vigencia de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 06 de mayo del 2016. Hago de su conocimiento, que en caso de inconformidad con la presente respuesta, con fundamento en los artículos 233, 236 y 237 del Capítulo I de la Ley en la materia, usted puede interponer recurso de revisión ante el Instituto. El recurso de revisión es un medio de defensa que tienen los particulares en contra de las respuestas o a falta de ellas a solicitudes de información pública que les causan agravio. Con fundamento en el artículo 205 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se le notifica lo anterior por el medio indicado para recibir notificaciones. Sin otro particular de momento, me encuentro a sus órdenes en el número telefónico 56 54 33 33 – 56 54 31 33 extensión 2169, para cualquier aclaración sobre el presente asunto. A T E N T A M E N T E ARACELI MARÍA DEL ROCIO CARRILLO HERREJON SUBDIRECTORA DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA EN IZTACALCOArchivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-092074523002665