Ciudad de México - Alcaldía Iztacalco - (CDMX)

Solicitud del día 05/11/2024 a la dependencia Ciudad de México - Alcaldía Iztacalco - (CDMX) del órgano Ciudad de México

DescripciónDe conformidad con los artículos 6 y 8 Constitucionales, 49 de la Ley de Procedimientos Administrativo de la Ciudad de México y 32 fracción VII incisos a), b), c), d), e), f) y g), de la Ley Orgánica de las Alcaldías, solicito a las Autoridades Señaladas: A que se refiere y como es que están llevando a cabo el cumplimiento de lo que a la letra se transcribe para su pronta referencia. Las Alcaldías deberán contar con un sistema único de registro de estacionamientos públicos existentes en su demarcación territorial, cuya información deberá ser remitida a la Secretaría de Movilidad. Dicho registro, además de su ubicación, deberá contener lo siguiente: a) Nombre y domicilio de los responsables y administradores del establecimiento; b) La tarifa autorizada para el estacionamiento; c) Póliza de seguro de responsabilidad civil vigente, en términos de las disposiciones aplicables; d) Número de cajones de estacionamiento para automóviles; e) Número de cajones de estacionamiento de motocicletas; f) Número de cajones de estacionamiento bicicletas, y g) Información del predio, a partir de la información catastral registrada del establecimiento. Solicito me remita copia en versión pública de como esta conformado dicho sistema único, si esta esta contemplado en los manuales administrativos de las dependencias, y/o como es que se determinan los criterios, para conformar estos mismos. Respuesta del día14/11/2024Texto de respuestaSe adjunta respuesta Hago de su conocimiento, que en caso de inconformidad con la presente respuesta, con fundamento en los artículos 233, 236 y 237 del Capítulo I de la Ley en la materia, usted puede interponer recurso de revisión ante el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. El recurso de revisión es un medio de defensa que tienen los particulares en contra de las respuestas o a falta de ellas derivado de sus solicitudes de información pública que les causan agravio. Con fundamento en el artículo 205 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se le notifica lo anterior por el medio indicado para recibir notificaciones. Sin otro particular al cual referirme, agradezco la atención que se sirva dar al presente, poniendo a su disposición los números telefónicos de esta unidad de transparencia para cualquier situación respecto a su respuesta, 56543333 y 56543133 ext. 2169 A T E N T A M E N T E JESICA NADIA GUADALUPE FUENTES GARCÍA SUBDIRECTORA DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIAArchivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-092074524009301

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información vía Plataforma Nacional de TransparenciaTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta19/11/2024Fecha solicitud término14/11/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deCiudad de MéxicoSector de la dependenciaAyuntamientos