Ciudad de México - Alcaldía La Magdalena Contreras - (CDMX)

Solicitud del día 31/10/2024 a la dependencia Ciudad de México - Alcaldía La Magdalena Contreras - (CDMX) del órgano Ciudad de México

DescripciónDel 2018 a al 2024 1.- ¿Cuántos asentamientos humanos irregulares tienen registrados en la ciudad de México? 2.- ¿Cuántos asentamientos humanos irregulares tienes registrados en la parte norte de la ciudad de México, específicamente en las faldas del cerro del chiquihuite, zona de Cuautepec, en Gustavo A Madero, en cantidad, dimensión? 3.- ¿Por qué no se ha terminado de construir la barda que dividía la zona urbana con la ecológica en esta parte del cerro del chiquihuite? 4.- ¿Esta dependencia cuánto presupuesto maneja a los temas relacionados con, sustentabilidad, medio ambiente? 5.- ¿Cuántos recursos humanos y materiales maneja para el tema de sustentabilidad, medio ambiente? 6.- ¿En esta dependencia quien es el encargado de los asentamientos humanos irregulares? 7.- ¿tiene conocimiento de que existió alguna sanción, multa o llamada de atención a algún servidor público por el tema de los asentamientos humanos irregulares en esta zona de Cuautepec en Gustavo A Madero? 8.-¿Cuándo y en que instancia se han realizado las demanda por romper, o bien hacer caso omiso de las siguientes leyes -Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. -Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento y Desarrollo Urbano, -Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. -Ley de Planeación publicado el 5 de enero de 1983 - Ley del sistema de planeación del desarrollo de la ciudad de México -Ley ambiental de protección a la tierra en el distrito federal -Ley de desarrollo urbano del Distrito Federal - Ley Agropecuaria rural y sustentable de la ciudad de México -Ley de Gestión integral de riesgos y protección civil de la Ciudad de México -Ley orgánica de las alcaldías de la Ciudad de México 9.- ¿Por qué se permitió el crecimiento de los asentamientos humanos irregulares en las faldas del cerro del chiquihuite Alcaldia GAM, zona norte de la ciudad de México? 10.- ¿Qué medidas a tomado esta dependencia con respecto a estos asentamientos humanos irregulares en Cuautepec? 11.- ¿Qué posibilidades tienen estos asentamientos irregulares de regularización o de reubicación? 12.- ¿tienen conocimiento de la venta clandestina, del agua por parte de algunos servidores públicos y de algunos vecinos? 13.- ¿qué tantos recursos económicos y humanos han invertido en estos asentamientos humanos irregulares? 14.- ¿qué riesgos representan estos asentamientos humanos irregulares en las faldas del chiquihuite?Respuesta del día08/11/2024Texto de respuestaCiudad de México a 08 de noviembre de 2024 ORIENTACIÓN AL FOLIO 092074724001758 En atención a la solicitud de información pública arriba citada. “Del 2018 a al 2024 1.- ¿Cuántos asentamientos humanos irregulares tienen registrados en la ciudad de México? 2.- ¿Cuántos asentamientos humanos irregulares tienes registrados en la parte norte de la ciudad de México, específicamente en las faldas del cerro del chiquihuite, zona de Cuautepec, en Gustavo A Madero, en cantidad, dimensión? 3.- ¿Por qué no se ha terminado de construir la barda que dividía la zona urbana con la ecológica en esta parte del cerro del chiquihuite? 4.- ¿Esta dependencia cuánto presupuesto maneja a los temas relacionados con, sustentabilidad, medio ambiente? 5.- ¿Cuántos recursos humanos y materiales maneja para el tema de sustentabilidad, medio ambiente? 6.- ¿En esta dependencia quien es el encargado de los asentamientos humanos irregulares? 7.- ¿tiene conocimiento de que existió alguna sanción, multa o llamada de atención a algún servidor público por el tema de los asentamientos humanos irregulares en esta zona de Cuautepec en Gustavo A Madero? 8.-¿Cuándo y en que instancia se han realizado las demanda por romper, o bien hacer caso omiso de las siguientes leyes -Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. -Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento y Desarrollo Urbano, -Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. -Ley de Planeación publicado el 5 de enero de 1983 - Ley del sistema de planeación del desarrollo de la ciudad de México -Ley ambiental de protección a la tierra en el distrito federal -Ley de desarrollo urbano del Distrito Federal - Ley Agropecuaria rural y sustentable de la ciudad de México -Ley de Gestión integral de riesgos y protección civil de la Ciudad de México -Ley orgánica de las alcaldías de la Ciudad de México 9.- ¿Por qué se permitió el crecimiento de los asentamientos humanos irregulares en las faldas del cerro del chiquihuite Alcaldia GAM, zona norte de la ciudad de México? 10.- ¿Qué medidas a tomado esta dependencia con respecto a estos asentamientos humanos irregulares en Cuautepec? 11.- ¿Qué posibilidades tienen estos asentamientos irregulares de regularización o de reubicación? 12.- ¿tienen conocimiento de la venta clandestina, del agua por parte de algunos servidores públicos y de algunos vecinos? 13.- ¿qué tantos recursos económicos y humanos han invertido en estos asentamientos humanos irregulares? 14.- ¿qué riesgos representan estos asentamientos humanos irregulares en las faldas del chiquihuite?.” Sic. Después del análisis a su solicitud, se advierte que esta Alcaldía no cuenta con atribuciones para atenderla, ya que la información no es generada, administrada, ni se encuentra en posesión de este Ente Obligado, por lo que mediante oficio LMC/SUT/023/2024, de la Subdirección de la Unidad De Transparencia, le informa que deberá dirigir su solicitud de información pública a la Unidad de Transparencia del Ente que le podrá proporcionar la información solicitada, dicha orientación tiene fundamento en el artículo 200 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. Para cualquier duda o aclaración, Usted puede llamar al número telefónico 5449.6000, ext. 1214 o acudir directamente a la Unidad de Transparencia de la Alcaldía La Magdalena Contreras, ubicada en Río Blanco número 9, Primer Piso, Colonia Barranca Seca, Alcaldía La Magdalena Contreras, C.P. 10580, Ciudad de México. Lo anterior, se hace de su conocimiento con el objeto de favorecer el ejercicio pleno del derecho humano de acceso a la información pública. Esta información se le comunica por el medio señalado para recibir información y notificaciones. ATENTAMENTE UNIDAD DE TRANSPARENCIA Archivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-092074724001758

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información vía Plataforma Nacional de TransparenciaTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta15/11/2024Fecha solicitud término08/11/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deCiudad de MéxicoSector de la dependenciaAyuntamientos