Ciudad de México - Alcaldía Miguel Hidalgo - (CDMX)
Solicitud del día 19/08/2024 a la dependencia Ciudad de México - Alcaldía Miguel Hidalgo - (CDMX) del órgano Ciudad de México
Descripciónme interesa adquirir conocimiento de la visiok misión objetivo de estasninsitutciones, con fines educativos y sociales, en beneficio de mi comunidad.Respuesta del día22/08/2024Texto de respuestaC. Solicitante P r e s e n t e. En atención a su solicitud de acceso a la Información Pública con folio número 092074824001674 recibida en este Sujeto Obligado por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia al respecto, le informo que con fundamento en el artículo 203 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, la unidad de transparencia de la Alcaldía Miguel Hidalgo previene su solicitud, debido a que de la simple lectura de la misma no es posible identificar a qué instituciones y a qué fines educativos y sociales hace referencia, al señalar: “…de estasninsitutciones, con fines educativos y sociales, en beneficio de mi comunidad…” En consecuencia, no es posible turnar la solicitud a las unidades administrativas de la Alcaldía Miguel Hidalgo que serían posiblemente competentes para atenderla y obtener una respuesta a la misma. A causa de lo anteriormente expuesto, se le previene para que aclare y precise su solicitud, especificando a que instituciones y a qué fines educativos y sociales hace referencia, al indicar: “…de estasninsitutciones, con fines educativos y sociales, en beneficio de mi comunidad…” Igualmente, le informo que la prevención es total, relativa al conjunto de su solicitud, con el apercibimiento de que su solicitud se tendrá por no presentada si no se atiende la presente prevención dentro de los diez días hábiles posteriores a la notificación de la misma con fundamento en el artículo 203 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. A continuación transcribo el citado artículo 203 de la Ley, en su parte conducente, para su pronta referencia: “Artículo 203. Cuando la solicitud presentada no fuese clara en cuanto a la información requerida o no cumpla con todos los requisitos señalados en la presente ley, el sujeto obligado mandará requerir dentro de los tres días, por escrito o vía electrónica, al solicitante, para que en un plazo de diez días contados a partir del día siguiente en que se efectuó la notificación, aclare y precise o complemente su solicitud de información. En caso de que el solicitante no cumpla con dicha prevención, la solicitud de información se tendrá como no presentada. Este requerimiento interrumpirá el plazo establecido en el artículo 212 de esta ley.” Cabe hacer mención que la Unidad de Transparencia de la Alcaldía Miguel Hidalgo se encuentra a su disposición para cualquier aclaración sobre esta solicitud o subsecuentes, misma que se ubica en el modulo 3 del edificio ubicado en Parque Lira número 94, col. Observatorio en la Alcaldía Miguel Hidalgo, en un horario de las 9:00 a las 15:00 horas en días hábiles Teléfono 52767700 ext. 7768. Sin otro particular, hacemos propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo. A T E N T A M EN T E Unidad de Transparencia Alcaldía Miguel HidalgoArchivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-092074824001674