Ciudad de México - Alcaldía Miguel Hidalgo - (CDMX)
Solicitud del día 05/11/2024 a la dependencia Ciudad de México - Alcaldía Miguel Hidalgo - (CDMX) del órgano Ciudad de México
Descripción1. Saber si existe un proceso especial para procesar a los agresores acusados de maltrato animal 2. Conocer sus protocolos de atención a los animales, es decir que procedimiento se realiza desde el momento en que es de su conocimiento algún caso de abuso o maltrato 3. Criterios de atención a los animales Otros datosLimitarlo a solo la Ciudad de México Relacionado con los últimos dos años Respuesta del día08/11/2024Texto de respuestaC. Solicitante P r e s e n t e. En atención a su solicitud de acceso a la información con número de folio 092074824002396 hago de su conocimiento que como resultado de la revisión de las atribuciones establecidas en el Manual Administrativo de la Alcaldía Miguel Hidalgo, no se advierte que este Sujeto Obligado cuente con competencia para conocer de lo solicitado, por lo que resulta procedente REMITIR la presente solicitud a la Secretaría de Seguridad Ciudadana, a la Agencia de Atención Animal (AGATAN), a la Consejería Jurídica y de Servicios Legales y a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, por ser los Sujetos Obligados que cuentan con atribuciones y competencia para dar respuesta a lo requerido en su solicitud. Lo anterior de conformidad con los dispuesto en el artículo 200, de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, y el numeral 10, fracción VII de los Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información pública y de Datos Personales en la Ciudad de México. Derivado de la normatividad en cita, se le informa que la solicitud fue REMITIDA, mediante el oficio anexo, a las unidades de transparencia de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, de la Agencia de Atención Animal (AGATAN), de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales y de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, lo anterior con fundamento en sus competencias y atribuciones. Asimismo, hago de su conocimiento que de acuerdo con lo establecido por el artículo 233 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, de existir inconformidad con la respuesta a su solicitud de información, podrá interponer Recurso de Revisión de manera directa o por medios electrónicos ante el Instituto de Transparencia, Acceso a la información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, dentro de los 15 días hábiles contados a partir en que surta sus efectos la notificación de la entrega de respuesta. Cabe hacer mención que la Oficina de Información Pública de la Alcaldía Miguel Hidalgo se encuentra a su disposición para cualquier aclaración sobre esta solicitud o subsecuentes, misma que se ubica en el módulo tres del nuevo edificio de la Alcaldía ubicado en Parque Lira número 94, col. Observatorio en la Alcaldía Miguel Hidalgo, en un horario de las 9:00 a las 15:00 horas en días hábiles, teléfono 52767700 ext. 7768. Sin otro particular, le enviamos un cordial saludo. A t e n t a m e n t e. Unidad de Transparencia Alcaldía Miguel Hidalgo Archivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-092074824002396