Ciudad de México - Subsistema de Educación Comunitaria PILARES
Solicitud del día 04/11/2024 a la dependencia Ciudad de México - Subsistema de Educación Comunitaria PILARES del órgano Ciudad de México
DescripciónDeseo tener acceso a la siguiente información: a. ¿Cuántos programas sociales hay en favor de los jóvenes? en 2023 y 2024 b. ¿A cuánto asciende el monto del o de los programas sociales? en 2023 y 2024 c. ¿De que partida presupuestal y capitulo sales los recursos para el pago de estos programas o programa? d. recursos destinados a este rubro para los ejercicios fiscales 2022, 2023 y 2034Respuesta del día12/11/2024Texto de respuestaCiudad de México, a 12 de noviembre de 2024 ASUNTO: Solicitud Folio Número 093157524000021 ESTIMADO SOLICITANTE DE INFORMACIÓN PÚBLICA. P R E S E N T E En atención a la solicitud de acceso a la información pública realizada a este Subsistema de Educación Comunitaria “PILARES”; a través del sistema SISAI de la (Plataforma Nacional de Transparencia), con números de folio 093157524000021, mediante las cuales solicita se le informe respecto a: “Deseo tener acceso a la siguiente información: a. ¿Cuántos programas sociales hay en favor de los jóvenes? en 2023 y 2024. b. ¿A cuánto asciende el monto del o de los programas sociales? en 2023 y 2024. c. ¿De que partida presupuestal y capitulo sales los recursos para el pago de estos programas o programa? d. recursos destinados a este rubro para los ejercicios fiscales 2022, 2023 y 2034.” (Sic) El Subsistema de Educación Comunitaria “PILARES”, a través de su Unidad de Transparencia, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 6o Inciso A, fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7, letra D de la Constitución Política de la Ciudad de México; 8, 13, 45 fracciones II, III, IV y V de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y 7, 192, 193, 194, 201, 204, 205, 206, 208, 212, 213, 214 y 219 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México emite la siguiente respuesta. Primero. - Se envía por Sistema de Solicitudes de Información de la Plataforma Nacional de Transparencia, medio señalado para recibir información y notificaciones, este oficio y los oficios: PILARES/CG/DEPyC/601/2024,PILARES/CG/DAES/175/2024,PILARES/CG/DPP/471/2024,PILARES/CG/DCC/554/2024 y PILARES/DAyF/SAFyACH/0428/2024, a través de los cuales se da respuesta en el ámbito de competencia de este Subsistema.. No omito mencionar que, la solicitud marcada con el folio único 093157524000017 versa sobre el mismo tema que el folio que se atiende y debido a que, la información no requiere que sea actualizada, le informo que de conformidad con el Capitulo Único, punto 7 de los Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales en la Ciudad De México, aprobado por el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (mediante acuerdo 0813/SO/01-06/2016), se atiende con las comunicaciones emitidas por las Direcciones: de Educación Participativa y Comunitaria, de Autonomía Económica y Saberes, de Ponte Pila, de Cultura Comunitaria y Dirección de Administración y Finanzas. “7. La Unidad de Transparencia de los sujetos obligados deberá atender cada solicitud de información de manera individual, absteniéndose de gestionar en conjunto diversos folios en el mismo oficio, resolución o vía, con excepción a aquéllas que se refieran al mismo requerimiento de información.” Segundo. - Adicionalmente me permito comentar que, con la finalidad de aclarar cualquier duda, puede comunicarse a la Unidad de Transparencia del Subsistema de Educación Comunitaria “PILARES”, al correo electrónico: ut_secpilares@pilares.cdmx.gob.mx Tercero.- Por último, no se omite mencionar que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 142, 143, 144 y 145 de Ley General Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como 220, 233, 234, 236 con los requisitos marcados en el 237 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México usted podrá interponer el recurso de revisión correspondiente ante el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México dentro de los siguientes quince días hábiles. Sin otro particular, reciba un cordial saludo. A T E N T A M E N T E SUBDIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS Y DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Archivo adjuntoDescargarFolioCDMX-IP-093157524000021