Chihuahua - Unidad de Transparencia del Régimen Estatal de Protección Social en Salud

Solicitud del día 17/03/2020 a la dependencia Chihuahua - Unidad de Transparencia del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del órgano Chihuahua

Descripción1, ¿Cuánto es la inversión económica en materia de infraestructura y equipamiento de salud durante enero 2018 y hasta marzo 2020? 2. ¿Cuál fu el costo para llevar a cabo la construcción del Complejo Médico de Juárez? Y ¿Cuál es el motivo por el que se encuentra inhabilitado? Y, ¿Cuándo se prevé la inauguración de dicho Complejo?Respuesta del día19/03/2020Texto de respuestaVista para resolver la solicitud de acceso a la información pública recibida por este Régimen Estatal de Protección Social en Salud, en fecha 17 de marzo del presente año, con número de folio 037612020, mediante la cual, al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, requiere se le informe respecto a lo siguiente: 1, ¿Cuánto es la inversión económica en materia de infraestructura y equipamiento de salud durante enero 2018 y hasta marzo 2020? 2. ¿Cuál fu el costo para llevar a cabo la construcción del Complejo Médico de Juárez? Y ¿Cuál es el motivo por el que se encuentra inhabilitado? Y, ¿Cuándo se prevé la inauguración de dicho Complejo? Por lo que esta Unidad de Transparencia procede a dar respuesta de acuerdo a los siguientes: CONSIDERANDO: I.- Que conforme lo dispone el Capítulo III en la fracción II, del artículo 38 de la Ley en la materia, es competencia de esta Unidad de Transparencia, del Régimen Estatal de Protección Social en Salud, recibir y tramitar las Solicitudes de Información Pública que se hagan con respecto de la que se encuentre en sus archivos. II.- Después de verificar los archivos de este Sujeto Obligado, conforme lo dispone el artículo 52 de la Ley referida en la materia, se advierte que la información solicitada no es de nuestra competencia, por lo que resulta inexistente la información solicitada. Le comento que dicha información no se encuentra en el Régimen Estatal de Protección Social en Salud ya que es de mencionar que somos un ente financiador de servicio médico en si, tal como lo establece los artículos 2° y 3°, Fracción IV de la Ley del Organismo Público Descentralizado Denominado Régimen Estatal de Protección Social en Salud. ARTÍCULO 2. El organismo denominado Régimen Estatal de Protección Social en Salud tiene por objeto garantizar las acciones de protección social en salud, mediante el financiamiento y la coordinación eficiente, oportuna y sistemática de la provisión de los servicios de salud, de conformidad con el Título Tercero Bis de la Ley General de Salud. ARTÍCULO 3. El Régimen Estatal de Protección Social en Salud tendrá las siguientes funciones: IV. Financiar, coordinar y verificar de forma eficiente, oportuna y sistemática la prestación integral de los servicios de salud a las familias y personas incorporadas al Sistema y que no cuenten con seguridad social en salud, en los que se incluya la atención médica, los medicamentos y demás insumos asociados al mismo. Por lo anteriormente mencionado, se le recomienda solicitar dicha información a Secretaría de Salud, Servicios de Salud e ICHISAL. Por lo anteriormente expuesto y fundado, es que se emite el siguiente: ACUERDO: PRIMERO.- En cumplimiento a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, se le informa que cuando el Sujeto Obligado no sea competente para atender la solicitud de información, la Unidad de información deberá comunicarlo al solicitante , dentro de los tres días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud y, en caso de poderlo determinar quién es el Sujeto Obligado competente, lo hará del conocimiento del solicitante en tiempo y forma, por lo que le sugiero solicitar la información a otras Dependencias. Lo anterior en virtud de que dicha dependencia es quien resguarda la información solicitada. SEGUNDO.- Notifíquese al usuario conforme al medio que señaló para tales efectos de acuerdo a lo establecido en los artículos 47 y 49 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua. Se pone a disposición de la solicitante copia del acuerdo correspondiente sin costo alguno, el cual contiene la información solicitada, en la Unidad de Transparencia de este Sujeto Obligado, la cual se encuentra ubicada en Calle Ocampo No. 413, Colonia Centro, Chihuahua, Chih. ASÍ LO ACORDÓ Y RESUELVE ADMINISTRATIVAMENTE, EL LIC. GENEROSO ALONSO PATIÑO, TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DEL SUJETO OBLIGADO RÉGIMEN ESTATAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD.Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-037612020

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInexistencia de la información solicitadaTipo de respuestaINEXISTENTEMedio de entregaElectrónico a través del sistema de solicitudes de acceso la información de la PNTFecha limite de respuesta28/04/2020Fecha solicitud término19/03/2020Órgano autónomo responsable, del Estado deChihuahuaSector de la dependenciaDescentralizados