Chihuahua - Junta Central de Agua y Saneamiento - (CHIH)
Solicitud del día 19/05/2024 a la dependencia Chihuahua - Junta Central de Agua y Saneamiento - (CHIH) del órgano Chihuahua
DescripciónBuenas tardes, solicito datos históricos de calidad del agua desde 1990 hasta la actualidad para el municipio de Chihuahua. Que estos sean datos de manera anual por favor.Respuesta del día04/06/2024Texto de respuestaUNIDAD DE TRANSPARENCIA OFICIO NO. U.T.-112/2024 CHIHUAHUA, CHIH., A 03 DE JUNIO DE 2024 Regina Vazquez Rivero. Presente, Aprovecho la ocasión para saludarle y por este medio hacer de su conocimiento que, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, esta Unidad, recibió su solicitud de información con número de Folio: 080141124000029, relacionada con lo siguiente: “Buenas tardes, solicito datos históricos de calidad del agua desde 1990 hasta la actualidad para el municipio de Chihuahua. Que estos sean datos de manera anual por favor..” El 20 de mayo 2024, esta Unidad de Transparencia de la Junta Central de Agua y Saneamiento del Estado de Chihuahua, solicitó información para dar respuesta y girara los oficios necesarios para atender la solicitud. Folio: 080141124000029 mediante oficios número. U.T.-105/2024. Lic. Aquileo López Arana. Director Administrativo de la Junta Central de Agua y Saneamiento del estado de chihuahua, En fecha 27 de mayo de 2024 el Lic. Aquileo López Arana, Director Administrativo entrega respuesta correspondiente a la Dirección Administrativa de la Junta Central de Agua y Saneamiento del Estado de Chihuahua mediante oficio DIR. A. 035/2024. Lo anterior en apego a lo señalado: “Artículo 18. Las juntas municipales de agua y saneamiento son organismos públicos descentralizados del Poder Ejecutivo, bajo la coordinación sectorial de la Junta Central, de conformidad con lo señalado en los artículos 42 y 43 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, facultados para la prestación de los servicios de agua, alcantarillado sanitario, saneamiento, tratamiento de aguas residuales y disposición final de lodos, requeridos dentro de una circunscripción territorial determinada. El domicilio legal de dichas juntas será dentro del municipio en el que operen. [Artículo reformado mediante Decreto No. LXV/RFLYC/0644/2017 I P.O. publicado en el P.O.E. No. 104 del 30 de diciembre de 2017] Artículo 22. Las juntas operadoras tienen las siguientes atribuciones: X. Practicar y regular periódicamente muestras y análisis del agua, llevar estadísticas de sus resultados y tomar las medidas necesarias para garantizar la calidad del agua que se distribuye a la población, así como vigilar que una vez utilizada, se vierta a los cauces o vasos, de conformidad con la legislación aplicable.” Lo anterior en apego a lo señalado en los artículos 54 ,55 ,134 y 135 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua. Sin más por el momento, continuo a sus órdenes. Saludos cordiales C.P. IDALIA RAMOS MARTÍNEZ RESPONSABLE DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA JUNTA CENTRAL DE AGUA Y SANEAMIENTO DEL ESTADO DE CHIHUAHUAArchivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080141124000029