Chihuahua - Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas - (CHIH)
Solicitud del día 12/08/2024 a la dependencia Chihuahua - Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas - (CHIH) del órgano Chihuahua
DescripciónBuenos días, pido se me remita lo siguiente: Trámite para la construcción del derecho de vía de una carretera ya sea estatal o federal. Cuales son los requisitos y documentación que se necesitan para la construcción de una carretera federal o estatal Respuesta del día14/08/2024Texto de respuestaJOSE F. Presente. En atención a su solicitud de información, recibida en este Sujeto Obligado, el día treinta y uno de julio de dos mil veinticuatro, a la cual la Plataforma Nacional de Transparencia le asignó el folio número 080141824000119 mediante el cual requiere: “Buenos días, pido se me remita lo siguiente: Trámite para la construcción del derecho de vía de una carretera ya sea estatal o federal. Cuales son los requisitos y documentación que se necesitan para la construcción de una carretera federal o estatal” Por lo que, la Unidad de Transparencia de este Sujeto Obligado, remitió dicha solicitud a la Subsecretaría de Construcción e Infraestructura, Unidad Administrativa que puede ser competente para dar respuesta a la petición de información, conforme a las atribuciones conferidas en el artículo 17, del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas. La Subsecretaría anteriormente mencionada llevó a cabo la búsqueda correspondiente en sus respectivos ámbitos y proporcionó respuesta a través del siguiente oficio: 1. Dirección de Caminos, Oficio número C-CS-590-2024: “De conformidad con el Reglamento para el aprovechamiento del Derecho de Vía de las Carreteras Federales y Zonas Aledañas, el derecho de vía es un bien del dominio público de la Federación constituido por la franja de terreno de anchura variable, cuyas dimensiones fija la Secretaría, que se requiere para la construcción, conservación, ampliación, protección y en general para el uso adecuado de una vía de comunicación carretera y sus servicios auxiliares. Por lo tanto, el derecho de vía no es una obra que se construye, sino que forma parte de una manera intrínseca de una carretera. El ancho del derecho de vía generalmente es de 20.0 metros a ambos lados a partir del centro del cuerpo carretero, el cual puede variar si la franja total incluye ampliaciones futuras de la estructura originalmente construida. La construcción de una carretera depende del Plan de Desarrollo, ya sea Estatal o Federal, y la determinación para su construcción comprende diversos factores como son la prioridad, el impacto socio - económico, el estudio costo - beneficio, la disponibilidad de recursos, el tipo o clasificación de la misma y para su definición, es necesario conocer el tipo de vehículo para el cual va a ser diseñada, el tráfico diario promedio anual, el peso máximo en ejes equivalentes, si se va a construir como pavimento rígido o flexible y una serie de variables técnicas para su diseño.” *Se adjunta oficio para mayor referencia. Lo que se informa a efecto de que se tenga por atendida la presente Solicitud de Acceso a la Información. Adicionalmente, se pone a sus órdenes los datos de contacto de la Unidad de Transparencia: Teléfonos oficiales: 614-432-0400, extensión 21442 y 21482 Correo electrónico: transpscop@chihuahua.gob.mx Para cualquier observación, duda o inquietud respecto a la visualización del archivo adjunto o el contenido de la presente respuesta institucional. El horario laboral es de lunes a jueves en un horario de 08:00 a 16:00 horas y viernes de 08:00 a 15:00 horas. ATENTAMENTE. ARQ. MARIO CARLOS CONTRERAS FIGUEROA RESPONSABLE DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA. mihmArchivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080141824000119