Chihuahua - Servicios de Salud de Chihuahua - (CHIH)
Solicitud del día 06/08/2024 a la dependencia Chihuahua - Servicios de Salud de Chihuahua - (CHIH) del órgano Chihuahua
DescripciónSolicito a ustedes las cifras de las defunciones infantiles por desnutrición y Enfermedades Diarréicas Agudas, desagregadas por: Por año de 2010 a 2023. De cada año, desagregadas por grupo de edad, a su vez, por grupo indígena, lugar de defunción (hospital, casa, etcétera), municipio y comunidad en formato ExcelRespuesta del día09/08/2024Texto de respuestaACUERDO: PRIMERO.- Con fundamento en los artículos 32, 38 fracciones II y V, 55 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, ha lugar a acordar de conformidad la solicitud planteada. SEGUNDO.- En armonía con los Artículos 5 Fracciones III, VI, VII, X incisos a, b, c, d, e, f, g, h, Fracción XV, 33 Fracción VII, X, XVIII, 55 y 56 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, esta Unidad de Transparencia tiene a bien entregarle la información que fue proporcionada por la Dirección de Planeación, Evaluación y Desarrollo, a través del Departamento de Estadísticas de Servicios de Salud de Chihuahua, en los siguientes términos: En respuesta a la solicitud de información pública folio No 080142924000283 se envían los archivos “FOLIO 080142924000283 DEF INFANTIL POR EDAS 2014-2023.xlsx” y “FOLIO 080142924000283 DEF INFANTIL X DESNUTRICION 2014-2023.xlsx”. Asimismo se hacen las siguientes aclaraciones: • Se enviaron dos reportes del total de defunciones de menores de 10 años hablantes de lengua indígena con residencia en el estado de Chihuahua, por desnutrición (E40-E46) y enfermedades diarreicas agudas (A00-A09, K52.-, K56.1, K58.-, K59.1 y P78.3). • La información se desagrega por municipio, sitio de la defunción, grupo de edad y causa básica de defunción de acuerdo a la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas Relacionados con la Salud CIE-10ª Revisión. • El registro se realiza a partir de la captura de los Certificados de Defunción. • Previo al año 2013 no se contaba con la variable de “habla lengua indígena”, por lo que el reporte se generó de los años 2013 a 2023. Los años no incluidos en los reportes es debido a que no hay defunciones registradas con dichas especificaciones. • Las cifras de defunciones de los años 2014 a 2022 son oficiales y del año 2023 es preliminar y la fuente es la página de Cubos dinámicos del Subsistema Epidemiológico Estadístico de las Defunciones (SEED) de la Dirección General de Información en Salud (DGIS). • No se cuenta con información de grupo indígena y comunidad debido a que no son variables incluidas en el Certificado de Defunción. TERCERO.- Agotado el trámite y con fundamento en los artículos 38 fracciones II y IV y 55 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, ha lugar a acordar de conformidad la solicitud planteada, pudiendo la solicitante acceder a dicha información en la forma y términos previstos en el acuerdo segundo del presente escrito. CUARTO.- En cumplimiento a lo establecido en el artículo 136 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, se le informa que: “Si el solicitante no está satisfecho con la respuesta obtenida, podrá presentar el Recurso de Revisión ante el Organismo Garante o ante la Unidad de Transparencia que haya conocido de la solicitud, el cual deberá de presentarse dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta”. QUINTO.- Notifíquese a la solicitante conforme al medio que señaló para tales efectos de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 Fracción VI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua.Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080142924000283