Chihuahua - Servicios de Salud de Chihuahua - (CHIH)
Solicitud del día 23/08/2024 a la dependencia Chihuahua - Servicios de Salud de Chihuahua - (CHIH) del órgano Chihuahua
DescripciónEn apego a la Ley de Transparencia, solicito el número de casos atendidos en urgencias y/o emergencias y/o consulta de cualquier índole a pacientes que presentaron intoxicación intencional autoinflingida por consumo de fentanilo en los años 2023 y 2024. En cada caso solicito la edad y/o el grupo de edad del paciente atendido, el sexo del paciente atendido, la unidad clínica donde fue atendido, el diagnóstico final del paciente atendido, y si el paciente egresó con vida o se registró su fallecimiento como consecuencia de la intoxicación intencional autoinflingida por consumo de fentanilo, y la fecha de éste. Respuesta del día27/08/2024Texto de respuestaACUERDO: PRIMERO.- Con fundamento en los artículos 32, 38 fracciones II y V, 55 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, ha lugar a acordar de conformidad la solicitud planteada. SEGUNDO.- En armonía con los Artículos 5 Fracciones III, VI, VII, X incisos a, b, c, d, e, f, g, h, Fracción XV, 33 Fracción VII, X, XVIII, 55 y 56 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, esta Unidad de Transparencia tiene a bien entregarle la información que fue proporcionada por la Dirección de Planeación, Evaluación y Desarrollo, a través del Departamento de Estadísticas de Servicios de Salud de Chihuahua, en los siguientes términos: En respuesta a la solicitud de información pública folio No 080142924000304 se envía el archivo “INTOXICACION POR FENTANILO 2023-2024 SSCH.xlsx”. Asimismo se hacen las siguientes aclaraciones: • Se le hacen llegar el número de atenciones por “envenenamiento autoinfligido intencionalmente por, y por exposición a narcóticos y psocodislépticos (alucinógenos) no clasificados en otra parte” (X62.-) como causa externa de la lesión, en unidades médicas de SSCh. • La información se desagrega por grupo de edad, sexo, diagnóstico, unidad de la atención y destino después de la atención. • La fuente son los cubos del Subsistema Automatizado de Lesiones y Causas de Violencia de la DGIS. La información del año 2023 es oficial y la del 2024 preliminar. • Cabe mencionar que los códigos de la CIE-10 no pueden ser desagregados por narcótico (fentanilo) ya que se agrupa por el tipo de sustancia. TERCERO.- Agotado el trámite y con fundamento en los artículos 38 fracciones II y IV y 55 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, ha lugar a acordar de conformidad la solicitud planteada, pudiendo la solicitante acceder a dicha información en la forma y términos previstos en el acuerdo segundo del presente escrito. CUARTO.- En cumplimiento a lo establecido en el artículo 136 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, se le informa que: “Si el solicitante no está satisfecho con la respuesta obtenida, podrá presentar el Recurso de Revisión ante el Organismo Garante o ante la Unidad de Transparencia que haya conocido de la solicitud, el cual deberá de presentarse dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta”. QUINTO.- Notifíquese a la solicitante conforme al medio que señaló para tales efectos de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 Fracción VI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua.Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080142924000304