Chihuahua - Servicios de Salud de Chihuahua - (CHIH)
Solicitud del día 12/10/2024 a la dependencia Chihuahua - Servicios de Salud de Chihuahua - (CHIH) del órgano Chihuahua
DescripciónQuiero el registro de checada de salida de raul nevarez urbina del día 11 de septiembre y también quiero saber porque no se presentó a trabajar del 25, 26 y 27 de septiembre. Si tiene justificación para no presentarse quiero evidencia y si no también quiero evidencia de los descuentos aplicados de todos los días que mencione. También quiero saber porque nunca esta en su lugar de trabajo, hemos visto en varias ocasiones que se sale después de un rato estar ahí y vuelve en la noche solo a checar. Otros datosEsta adscrito al área de trasplantes Respuesta del día15/10/2024Texto de respuestaACUERDO: PRIMERO.- Con fundamento en los artículos 32, 38 fracciones II y V, 55 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, ha lugar a acordar de conformidad la solicitud planteada. SEGUNDO.- En armonía con los Artículos 5 Fracciones III, VI, VII, X incisos a, b, c, d, e, f, g, h, Fracción XV, 33 Fracción VII, X, XVIII, 55 y 56 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, esta Unidad de Transparencia tiene a bien entregarle la información que fue proporcionada por la Dirección Administrativa de Servicios de Salud de Chihuahua a través de la Subdirección de Recursos Humanos, en los siguientes términos: “En atención a su oficio No. UT. 24/0799 de fecha del 14 de octubre del presente, en relación al requerimiento con folio N° 080142924000355, mediante el cual el C. Justiciero solicita lo siguiente: “Quiero el registro de checada de salida de raul nevarez urbina del día 11 de septiembre y también quiero saber porque no se presentó a trabajar del 25, 26 y 27 de septiembre. Si tiene justificación para no presentarse quiero evidencia y si no también quiero evidencia de los descuentos aplicados de todos los días que mencione. También quiero saber porque nunca esta en su lugar de trabajo, hemos visto en varias ocasiones que se sale después de un rato estar ahí y vuelve en la noche solo a checar.” (sic) Otros datos para facilitar su localización: “Esta adscrito al área de trasplantes.” (sic) Al respecto le comunico que el C. Raúl Nevárez Urbina no es, ni fue trabajador de Servicios de Salud de Chihuahua, toda vez que en la revisión del archivo de resguardo del Expediente Único de Personal y de la base de datos electrónica de esta Subdirección de Recursos Humanos, no se encontró información y/o documentación relativa a la persona en comento que acredite la relación laboral. Sin otro particular de momento, envío un saludo.“(sic) Derivado de lo anterior, se desprende que la persona de la cual solicita información no corresponde a este Organismo Público Descentralizado, motivo por el cual no se cuenta con información respecto del mismo. Por ello, con la intención de contribuir a evitar la opacidad en el servicio de la administración pública, se sugiere dirigir su solicitud de información por medio de la unidad de transparencia de los diversos Sujetos Obligados denominado “Centro Estatal de Trasplantes” o “Instituto Chihuahuense De Salud” (ICHISAL), para que en caso de contar con la información requerida le sea proporcionada por cualquiera de dichos entes. Así pues, Usted podrá ingresar de nueva cuenta su petición a través de la Plataforma Nacional de Transparencia debiendo cerciorarse de seleccionar en las opciones de “Estado o Federación” el Estado de Chihuahua, y seleccionar a los Sujetos Obligados “Centro Estatal de Trasplantes” o “Instituto Chihuahuense De Salud” (ICHISAL). TERCERO.- Agotado el trámite y con fundamento en los artículos 38 fracciones II y IV y 55 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, ha lugar a acordar de conformidad la solicitud planteada, pudiendo el solicitante acceder a dicha información en la forma y términos previstos en el acuerdo segundo del presente escrito. CUARTO.- En cumplimiento a lo establecido en el artículo 136 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, se le informa que: “Si el solicitante no está satisfecho con la respuesta obtenida, podrá presentar el Recurso de Revisión ante el Organismo Garante o ante la Unidad de Transparencia que haya conocido de la solicitud, el cual deberá de presentarse dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta”. QUINTO.- Notifíquese al solicitante conforme al medio que señaló para tales efectos de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 Fracción VI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua. Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080142924000355