Chihuahua - Servicios de Salud de Chihuahua - (CHIH)
Solicitud del día 14/10/2024 a la dependencia Chihuahua - Servicios de Salud de Chihuahua - (CHIH) del órgano Chihuahua
DescripciónA cuántas mujeres se les realizó una mastografía en su institución en 2023. Respuesta del día17/10/2024Texto de respuestaACUERDO: PRIMERO.- Con fundamento en los artículos 32, 38 fracciones II y V, 55 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, ha lugar a acordar de conformidad la solicitud planteada. SEGUNDO.- En armonía con los Artículos 5 Fracciones III, VI, VII, X incisos a, b, c, d, e, f, g, h, Fracción XV, 33 Fracción VII, X, XVIII, 55 y 56 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, esta Unidad de Transparencia tiene a bien entregarle la información que fue proporcionada por la Dirección de Prevención y Control de Enfermedades de este sujeto Obligado a través de la Subdirección de Salud Reproductiva, Coordinación Estatal del Programa de Cáncer, en los siguientes términos: ¿A cuántas mujeres se les realizo una mastografía en su institución en 2023? R: 13,503 mastografías realizadas en el periodo de Enero 2023 a Diciembre 2023. Fuente: SICAM (Sistema de Información de Cáncer de la Mujer) Productividad Mastografías Enero-Diciembre 2023 Mes Cantidad Enero 593 Febrero 539 Marzo 1,064 Abril 1,128 Mayo 1,127 Junio 947 Julio 1,239 Agosto 1,492 Septiembre 1,507 Octubre 2,241 Noviembre 1,144 Diciembre 482 Total 13,503 Fuente: SICAM (Sistema de Información de Cáncer de la Mujer) TERCERO.- Agotado el trámite y con fundamento en los artículos 38 fracciones II y IV y 55 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, ha lugar a acordar de conformidad la solicitud planteada, pudiendo la solicitante acceder a dicha información en la forma y términos previstos en el acuerdo segundo del presente escrito. CUARTO.- En cumplimiento a lo establecido en el artículo 136 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, se le informa que: “Si el solicitante no está satisfecho con la respuesta obtenida, podrá presentar el Recurso de Revisión ante el Organismo Garante o ante la Unidad de Transparencia que haya conocido de la solicitud, el cual deberá de presentarse dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta”. QUINTO.- Notifíquese a la solicitante conforme al medio que señaló para tales efectos de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 Fracción VI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua. Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080142924000356