Chihuahua - Servicios de Salud de Chihuahua - (CHIH)

Solicitud del día 07/11/2024 a la dependencia Chihuahua - Servicios de Salud de Chihuahua - (CHIH) del órgano Chihuahua

DescripciónBuen día Solicito a su honorable institución en formato de Excel o en el que se tenga disponible TODO el periodo 2023 de la siguiente información: 1. Número de pacientes diagnosticados y tratados por Hipertensión Arterial por mes y año. 2. De estos casos cuáles corresponden a: a) Hipertensión Arterial Pulmonar (HAP) b) Hipertensión Pulmonar secundaria a cardiopatía izquierda. c) Hipertensión Pulmonar secundaria a enfermedad pulmonar d) Hipertensión Pulmonar secundaria a obstrucciones de la arteria pulmonar. e) Hipertensión Pulmonar de causa desconocida a múltiple. 3. Guía de manejo para cada uno de estos 5 grupos Gracias por su atención. Con base en los Artículos 4, 7, 9, 13, 17,18, 19, 40, 43 y 63 (inciso VI) de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y considerando que, en los términos del Capítulo III de la misma la presente solicitud no está abarcando ninguna información confidencial, se expide la presente solicitud.Respuesta del día13/11/2024Texto de respuestaACUERDO: PRIMERO.- Con fundamento en los artículos 32, 38 fracciones II y V, 55 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, ha lugar a acordar de conformidad la solicitud planteada. SEGUNDO.- En armonía con los Artículos 5 Fracciones III, VI, VII, X incisos a, b, c, d, e, f, g, h, Fracción XV, 33 Fracción VII, X, XVIII, 55 y 56 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, esta Unidad de Transparencia tiene a bien entregarle la información que fue proporcionada por las áreas de este Sujeto Obligado denominado Servicios de Salud de Chihuahua, en los siguientes términos: La Dirección de Planeación, Evaluación y Desarrollo, a través del Departamento de Estadísticas envía el archivo Excel denominado “CE_Hipertensión Arterial Pulmonar_2023.xlsx”. Así mismo, realiza las siguientes aclaraciones: • Se envía reporte con el total de consultas de primera vez por hipertensión pulmonar (I27.0 e I27.2 de acuerdo a la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas Relacionados con la Salud CIE-10ª Revisión) en pacientes atendidos en unidades de SSCh. • La información se desagrega por afección y mes de la atención. • La información se extrae de la Base de datos de la hoja nominal de Consulta Externa del Subsistema de Prestación de Servicios (SIS). • La información del año 2023 es oficial. Por su parte, la Dirección Médica a través de la Subdirección de Primer Nivel de Atención indica que en cuanto a la atención médica hace de conocimiento que nuestra institución cuenta con un programa específicamente, en unidades de primer nivel de atención médica: ‘’Programa del Adulto Mayor’’ el cual es dependiente de la dirección de Prevención y Control de Enfermedades, específicamente de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud en donde como enfermedad crónico-degenerativa, se encuentra enfocado en la coordinación de valoración, atención, tratamiento y seguimiento de pacientes con Hipertensión Arterial, especialmente a pacientes de la tercera edad. Las guías de manejo nacionales enfocadas en la atención de Hipertensión Arterial puede encontrarlas libremente en: https://cenetec-difusion.com/gpc-sns/?s=hipertensi%C3%B3n algunas de las cuales son: • ‘’Intervenciones de enfermería para la atención integral del paciente adulto con hipertensión arterial’’ • ‘’Diagnóstico y tratamiento de la hipertensión arterial pulmonar primaria en el adulto’’ • ‘’Diagnóstico y tratamiento de hipertensión arterial en el adulto mayor’’ • ‘’Promoción, prevención, diagnóstico y tratamiento de la hipertensión arterial en el primer nivel de atención’’ TERCERO.- Agotado el trámite y con fundamento en los artículos 38 fracciones II y IV y 55 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, ha lugar a acordar de conformidad la solicitud planteada, pudiendo el solicitante acceder a dicha información en la forma y términos previstos en el acuerdo segundo del presente escrito. CUARTO.- En cumplimiento a lo establecido en el artículo 136 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, se le informa que: “Si el solicitante no está satisfecho con la respuesta obtenida, podrá presentar el Recurso de Revisión ante el Organismo Garante o ante la Unidad de Transparencia que haya conocido de la solicitud, el cual deberá de presentarse dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta”. QUINTO.- Notifíquese al solicitante conforme al medio que señaló para tales efectos de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 Fracción VI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua. Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080142924000396

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información a través de PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta22/11/2024Fecha solicitud término13/11/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deChihuahua