Chihuahua - Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua - (CHIH)
Solicitud del día 30/04/2024 a la dependencia Chihuahua - Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua - (CHIH) del órgano Chihuahua
DescripciónSolicito la versión pública electrónica, sin incluir datos personales de los intervinientes, de las resoluciones que hayan causado estado o ejecutoria y sus respectivos expedientes judiciales utilizadas en los hechos delictivos relacionadas con el Arroyo del Navajo (el juicio del siglo: Juicio oral 267/2014, Juicio oral 173/2016 y Juicio oral 86/2017).Otros datoshttps://igualdaddegenero.cndh.org.mx/Content/doc/Publicaciones/Caso-Arroyo-Navajo-Ciudad-Juarez.pdfRespuesta del día16/05/2024Texto de respuestaQue, en referencia a la solicitud de acceso a la información realizada por usted a la Unidad de Transparencia de este Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua, se ha emitido el siguiente acuerdo administrativo que a la letra dice: ----------------------------- Chihuahua, Chihuahua a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro. Vista para resolver la solicitud de información pública, recibida a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, por este sujeto obligado, correspondiéndole el folio 080144524000195, mediante la cual, al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, pide: “ Solicito la versión pública electrónica, sin incluir datos personales de los intervinientes, de las resoluciones que hayan causado estado o ejecutoria y sus respectivos expedientes judiciales utilizadas en los hechos delictivos relacionadas con el Arroyo del Navajo (el juicio del siglo: Juicio oral 267/2014, Juicio oral 173/2016 y Juicio oral 86/2017). Datos complementarios: https://iguldaddegenero.cndh.org.mx/content/doc/Publicaciones/Caso-Arroyo-Navajo-Ciudad-Juarez.pdf”. Por lo que esta Unidad de Transparencia procede a dar respuesta y: ----CONSIDERANDO: -------- I.- Que conforme lo dispone la fracción II, del artículo 38 de la Ley de la materia, es competencia de esta Unidad de Transparencia del Tribunal Superior de Justicia recibir y tramitar las Solicitudes de Información Pública que se hagan con respecto de la que se encuentre en sus archivos. ---------------------------- II.- Después de verificar los archivos de este Sujeto Obligado, conforme lo dispone la fracción IX del artículo 38 de la Ley de la materia se advierte que la información proporcionada por la Dirección de Gestión Judicial, en oficio 79/2024, firmado por el Lic. Daniel Méndez Ramos, contiene datos personales. A través de la Plataforma Nacional de Transparencia se procedente a entregar en archivo adjunto, el oficio mencionado y el Acuerdo del Comité de Transparencia CT/UT/PJECH/AC/06-2024. En cuanto a la información del expediente 173/2016 se pone a disposición la versión pública, tanto de los DVD´s (elaborada por personal de la Dirección de Tecnologías de la Información) como la carpeta administrativa que fue digitalizada, documentos que se ponen a disposición en el hipervínculo http://www.stj.gob.mx/resources/frameworks/php/download.php?dataresourcename=transparencia&path=/Sentencias%20m%E1s%20solicitadas%20Versi%F3n%20P%FAblica/&name=Arroyo%20El%20Navajo.zip, lo anterior debido a que por el peso de la misma no puede ser enviada a través de la Plataforma Nacional de Transparencia. ------------------------------------------------ACUERDO: ------------------- PRIMERO. - Con fundamento en los artículos 32, 40, 44, 55, 38 fracción II y IV; 128, 134 y demás relativos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, ha lugar a acordar de conformidad la solicitud planteada, pudiendo el usuario acceder a dicha información en la forma y términos previstos en el considerando segundo del presente acuerdo. ----------------------------------------------------------------- SEGUNDO. - En los términos que lo ordenan los artículos 38 fracción VI y 55 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, notifíquese al usuario del presente proveído por el sistema SISAI 2.0.-------------------------------------- Así, administrativamente actuando, lo acuerda el Titular de la Unidad de Información del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua, C. M.D. Víctor Armando González Castro. ----------------------------------------------- “Si el solicitante no está satisfecho con la respuesta obtenida, podrá presentar el Recurso de Revisión ante el Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública, el cual deberá presentarse dentro de los quince días hábiles siguientes contados a partir del día siguiente a sArchivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080144524000195