Chihuahua - Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua - (CHIH)
Solicitud del día 23/05/2024 a la dependencia Chihuahua - Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua - (CHIH) del órgano Chihuahua
Descripción ¿Cuantas denuncias fueron recibidas en contra de personas jurídicas/morales con fundamento en los numerales 421 y 422 del CNPP, durante el lapso comprendido del año 2016 al 2023. ¿Cuáles son los delitos que se han imputado en contra de personas jurídicas/morales con fundamento en los numerales 421 y 422 del CNPP, durante el lapso comprendido del año 2016 al 2023? ¿Cuantas denuncias fueron recibidas en donde se señala como víctima a personas jurídicas/morales, durante el lapso comprendido del año 2016 al 2023? ¿Cuáles son los delitos que se han investigado en donde aparece como víctima personas jurídicas/morales, durante el lapso comprendido del año 2016 al 2023? Fiscalía Anticorrupción; combate a la corrupción ¿Cuantas denuncias fueron recibidas en contra de personas jurídicas/morales con fundamento en los numerales 421 y 422 del CNPP, durante el lapso comprendido del año 2016 al 2023? ¿Cuáles son los delitos que se han imputado en contra de personas jurídicas/morales con fundamento en los numerales 421 y 422 del CNPP, durante el lapso comprendido del año 2016 al 2023? Tribunal Superior de justicia del estado ¿Cuantas causas penales fueron imputadas en contra de personas jurídicas/morales con fundamento en los numerales 421 y 422 del CNPP, durante el lapso comprendido del año 2016 al 2023? ¿Cuáles son los delitos que se han imputado en contra de personas jurídicas/morales con fundamento en los numerales 421 y 422 del CNPP, durante el lapso comprendido del año 2016 al 2023? ¿Cuáles son las penas que se han impuesto en procedimiento abreviado a personas jurídicas/morales con fundamento en los numerales 421 y 422 del CNPP, durante el lapso comprendido del año 2016 al 2023? ¿Cuáles son las penas que se han impuesto en juicio oral a personas jurídicas/morales con fundamento en los numerales 421 y 422 del CNPP, durante el lapso comprendido del año 2016 al 2023? ¿Cuál es la medida cautelar que más se impuso durante el lapso comprendido del año 2016 al 2023? ¿En cuántas causas penales se dictó medida cautelar y en cuantas no?, En un lapso comprendido del 2019 al 2023. ¿En cuántas causas penales se dictó como medida cautelar la prisión preventiva? ¿En un lapso comprendido de 2019 al 2023? ¿En cuantas causas penales se dictó como medida cautelar la prisión preventiva en los meses de enero a diciembre del año 2023 y de enero a abril de 2024? ¿En cuantas causas penales se ha determinado la sustracción de la acción de la justicia del imputado/acusado en el periodo comprendido del 2019 al 2023? Respuesta del día06/06/2024Texto de respuestaMarcos Quintana Villa P R E S E N T E.- Que en referencia a la solicitud de acceso a la información hecha por usted a la Unidad de Transparencia de este Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua, se ha emitido el siguiente acuerdo administrativo que a la letra dice:------------------------------------------------------------------------------------------------ Chihuahua, Chihuahua a los seis días del mes de junio del año dos mil veinticuatro. Vista para resolver la solicitud de información presentada ante la Unidad de Transparencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado, con número de folio 080144524000231, mediante la cual, al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, donde solicita diversa información estadística relativa a denuncias de personas jurídicas/morales, entre otras. Por lo que esta Unidad de Transparencia procede a dar respuesta y: ------------------------------------------------------------------------------------------------- -----------------------------------------------CONSIDERANDO: ------------------------------------------------ I.- Que conforme lo dispone la fracción II, del artículo 38 de la Ley de la materia, es competencia de esta Unidad de Transparencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado recibir y tramitar las Solicitudes de Información que se hagan con respecto de la que se encuentre en sus archivos. -------------------------------------------- II.- Después de verificar los archivos de este Sujeto Obligado, conforme lo dispone la fracción IX del artículo 38 de la Ley de la materia, se advierte que la información solicitada es de libre acceso al público, por lo que resulta procedente la solicitud formulada, quedando a su disposición el oficio número 89/2024 firmado por el Licenciado Daniel Méndez Ramos, de la Dirección de Gestión Judicial, donde se da respuesta a los planteamientos realizados en la solicitud anteriormente mencionada. Por lo anterior expuesto y fundado, es que se emite el siguiente acuerdo. ------------------------------------------------------------------------------ --------------------------------------------------ACUERDO:----------------------------------------------------- PRIMERO.- Con fundamento en los artículos 32, 38 fracción II y IV, 40, 44 y 55 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, ha lugar a acordar de conformidad la solicitud planteada, pudiendo el usuario acceder a dicha información en la forma y términos previstos en el considerando segundo del presente acuerdo.-------------------------------------------------------------- SEGUNDO.- En los términos que lo ordenan los artículos 38 fracción VI y 55 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, notifíquese al usuario del presente proveído por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia.------------------------------------------------------------- Así, administrativamente actuando, lo acuerda el Titular de la Unidad de Transparencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua, M.D. Víctor Armando González Castro. -----------------------------------“Si el solicitante no está satisfecho con la respuesta obtenida, podrá presentar el Recurso de Revisión ante el Sujeto Obligado o al Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública, el cual deberá presentarse dentro de los quince días hábiles siguientes contados a partir del día siguiente a su notificación.”-----------------------------------------------------------------------------------------------------Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080144524000231