Chihuahua - Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua - (CHIH)

Solicitud del día 01/06/2024 a la dependencia Chihuahua - Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua - (CHIH) del órgano Chihuahua

DescripciónEstamos realizando una investigación sobre el uso de internet, sitios web y servicios en línea por parte del Poder Judicial de las entidades federativas de la República Mexicana. Por lo que se solicita información respecto a: 1. Si el Tribunal Superior de Justicia/Poder Judicial cuenta con una plataforma web que preste servicios de juicio en línea. En caso de que la respuesta sea afirmativa, se solicita la siguiente información: a. Si existen lineamientos para su uso y operación por parte del personal de los Juzgados/Salas, así como para el público en general (en caso de ser afirmativa la respuesta, se solicita se proporcionen dichos documentos). b. Qué tipo de servicios se ofrecen a través de dicha plataforma (p.ej. para consultar expedientes, presenta promociones, presentar demandas, recibir notificaciones, etcétera) c. Qué tipo de trámites pueden realizarse por el público en general y los requisitos para poder realizarlos (por ejemplo, contar con firma electrónica, con una cuenta en la plataforma, etc). d. Si el Tribunal Superior de Justicia emite una firma electrónica o equivalente para poder usar los servicios de la plataforma de juicio en línea. e. Si está abierta al público en general, o bien si hay limitantes para su uso (p. ej. que sólo la puedan utilizar personal del Poder Judicial). f. Qué tipo de promociones pueden presentarse, en especial si se pueden presentar (1) demandas, (2) contestaciones a la demanda, (3) ofrecimiento de pruebas, (4) informes de autoridad, etcétera. g. Si permite el desahogo de pruebas como confesionales o testimoniales a través de videollamadas o equivalentes. h. Si permite presentar promociones en un rango de 24 horas o bien si tiene alguna restricción de horario para dicho fin. i. Si tiene un apartado para consultar el expediente físico de forma digital. j. Si permite realizar notificaciones de forma electrónica y, en caso de que sea afirmativo, explicar cuál es la mecánica para realizar notificaciones que según la ley deban ser de carácter personal. k. Si permite realizar celebración de audiencias de forma remota. l. Si tiene sistemas de conexión con otras autoridades foráneas, para la comunicación y diligencias entre ellas, como en el caso de los exhortos. Respuesta del día17/06/2024Texto de respuestaPRESENTE: En referencia a la solicitud de acceso a la información hecha por usted a la Unidad de Transparencia de este Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua, se ha emitido el siguiente acuerdo administrativo que a la letra dice: - Chihuahua, Chihuahua, a diecisiete de junio del año dos mil veinticuatro. Vista para resolver la solicitud presentada ante la Unidad de Transparencia del Tribunal Superior de Justicia, recibida por la Plataforma Nacional de Transparencia, por este Sujeto Obligado con número de folio 080144524000238, mediante la cual, al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, solicita.” Estamos realizando una investigación sobre el uso de internet, sitios web y servicios en línea por parte del Poder Judicial de las entidades federativas de la República Mexicana. Por lo que se solicita información respecto a: 1. Si el Tribunal Superior de Justicia/Poder Judicial cuenta con una plataforma web que preste servicios de juicio en línea. En caso de que la respuesta sea afirmativa, se solicita la siguiente información: a. Si existen lineamientos para su uso y operación por parte del personal de los Juzgados/Salas, así como para el público en general (en caso de ser afirmativa la respuesta, se solicita se proporcionen dichos documentos)……… ”- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - CONSIDERANDO: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - I.- Que conforme lo dispone la fracción II, del artículo 38 de la Ley de la materia, es competencia de esta Unidad de Transparencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado recibir y tramitar las Solicitudes de Información Pública que se hagan con respecto de la que se encuentre en sus archivos. II.- Después de verificar los archivos de este Sujeto Obligado, conforme lo dispone la fracción IX del artículo 38 de la Ley en mención, se advierte que la información solicitada es de libre acceso al público, por lo que resulta procedente la solicitud formulada, quedando a su disposición, el oficio DTI-153/2024, Signado por el licenciado JOEL OLIVAS GAZCA, Subdirector de Tecnologías de la Información del Poder Judicial del Estado de Chihuahua. Por lo anteriormente expuesto y fundado, es que se emite el siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ACUERDO: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO. - Con fundamento en los artículos 32 fracción II, 38 fracciones II y IV, 40, 44 y 55, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, ha lugar a acordar de conformidad la solicitud planteada, pudiendo el usuario acceder a dicha información en la forma y términos previstos en los considerandos del presente acuerdo. - - - - - - - - - - - SEGUNDO. - En los términos que lo ordenan los artículos 38 fracción VI y 55 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, notifíquese al usuario del presente proveído por la Plataforma Nacional de Transparencia. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - “Si el solicitante no está satisfecho con la respuesta obtenida, podrá presentar el Recurso de Revisión ante el Sujeto Obligado o al Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública, el cual deberá presentarse dentro de los quince días hábiles siguientes contados a partir del día siguiente a su notificación.”- - - - - - - - - - - - - - - - - - - Así, administrativamente actuando, lo acuerda el Titular de la Unidad de Transparencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua. Licenciado Víctor Armando González Castro. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080144524000238

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información a través de PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta17/06/2024Fecha solicitud término17/06/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deChihuahuaSector de la dependenciaPoder Judicial