Chihuahua - Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua - (CHIH)

Solicitud del día 01/08/2024 a la dependencia Chihuahua - Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua - (CHIH) del órgano Chihuahua

Descripción1.Cuántas licencias o permisos para ausentarse de sus labores ha tenido la Licenciada Hilda María Márquez, juez de control? 2. De las licencias para ausentarse de sus funciones, cuántas licencias o permisos han sido otorgadas con goce de sueldo y sin goce de sueldo.? 2. Por qué motivos han sido otorgados los permisos o licencias al funcionario antes mencionado. 3. Cuánto es la duración de cada licencia? 4. Cuáles son los documentos que amparan la solicitud de la licencia o el permiso otorgado. Respuesta del día19/08/2024Texto de respuestaP R E S E N T E.- Que, en referencia a la solicitud de acceso a la información hecha por usted a la Unidad de Transparencia de este Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua, se ha emitido el siguiente acuerdo administrativo que a la letra dice: ------------------------------------------------------------------------------------------------Chihuahua, Chihuahua a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil veinticuatro. Vista para resolver la solicitud de información pública presentada ante la Unidad de Transparencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado, de número de folio 080144524000325, al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, pide se le informe sobre: “1. ¿Cuántas licencias o permisos para ausentarse de sus labores han tenido la Licenciada Hilda María Márquez, juez de control? 2. De las licencias para ausentarse de sus funciones, cuántas licencias o permisos han sido otorgadas con goce de sueldo y sin goce de sueldo.? 2. Por qué motivos han sido otorgados los permisos o licencias al funcionario antes mencionado. 3. Cuánto es la duración de cada licencia? 4. Cuáles son los documentos que amparan la solicitud de la licencia o el permiso otorgado. Por lo que esta Unidad de Información procede a dar respuesta y:-----------------------------------------------------------------------------------------CONSIDERANDO: -------------------------------------I.- Que conforme lo dispone la fracción II, del artículo 38 de la Ley de la materia, es competencia de esta Unidad de Transparencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado recibir y tramitar las Solicitudes de Información Pública que se hagan con respecto de la que se encuentre en sus archivos. --------------------II.- Después de verificar los archivos de este Sujeto Obligado, conforme lo dispone la fracción IX del artículo 38 de la Ley de la materia, se advierte que la información solicitada es de libre acceso al público, por lo que resulta procedente la solicitud formulada, queda a su disposición el oficio: DRH-02898-2024, firmado por la Lic. Perla Nereida Alonso Gutiérrez, Directora de Recursos Humanos del Poder Judicial del Estado de Chihuahua, con lo cual se da respuesta a su planteamiento. Por lo anteriormente expuesto y fundado, es que se emite el siguiente:----------------------------------------------------------------------------------------------------------------ACUERDO:-----------------------------------------PRIMERO.- Con fundamento en los artículos 32, 40, 44, 55, 38 fracción II y IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, ha lugar a acordar de conformidad la solicitud planteada, pudiendo el usuario acceder a dicha información en la forma y términos previstos en el considerando segundo del presente acuerdo.-------------------------------------------SEGUNDO.- En los términos que lo ordenan los artículos 38 fracción VI y 55 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, notifíquese al usuario del presente proveído por el sistema de la Plataforma Nacional de Transparencia.----------------------------------------------------Así, administrativamente actuando, lo acuerda el Titular de la Unidad de Transparencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua, C. M.D. Víctor Armando González Castro. ---------------------------------------------------“Si el solicitante no está satisfecho con la respuesta obtenida, podrá presentar el Recurso de Revisión ante el Sujeto Obligado o al Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública, el cual deberá presentarse dentro de los quince días hábiles siguientes contados a partir del día siguiente a su notificación.”------------------------------------------------------------------------------Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080144524000325

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información a través de PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta19/08/2024Fecha solicitud término19/08/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deChihuahuaSector de la dependenciaPoder Judicial