Chihuahua - Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua - (CHIH)

Solicitud del día 02/08/2024 a la dependencia Chihuahua - Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua - (CHIH) del órgano Chihuahua

DescripciónEn virtud de que no funciona ese apartado del portal de la página del tribunal, me gustaría que me compartan la normativa que regula la actuación de los policías procesales. Respuesta del día07/08/2024Texto de respuestaP R E S E N T E.- Chihuahua, Chihuahua a los siete días del mes de agosto del año dos mil veinticuatro. Vista la solicitud de información presentada ante la Unidad de Transparencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado, registrada con el número de folio 080144524000328 mediante el cual, al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, pide: “Las normativas que regulan la actuación de los policías procesales.” Con fundamento en los artículos 6°, segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4° fracción II de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 40, 44, 47 y 59 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua; se informa al usuario que no corresponde a esta Unidad de Transparencia el trámite de la solicitud planteada, y que la misma se ha remitido a la Unidad de Transparencia de la Secretaria de Seguridad Pública del Estado de Chihuahua, la que se encargará de darle el seguimiento correspondiente, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 fracción XVII y 144 del Reglamento Interno de la Secretaria de Seguridad Pública del Estado de Chihuahua, preceptos legales que se transcriben a continuación: “Artículo 5. Al frente de la Secretaría se encontrará la persona titular de la Secretaría, quien tendrá a su cargo el estudio, la planeación y el despacho de los asuntos encomendados a la dependencia, para lo cual contará con las unidades orgánicas contempladas en el presente reglamento y con el personal requerido para cumplir con el ejercicio de las atribuciones establecidas en la Ley, así como las unidades orgánicas subalternas que conformen su estructura organizacional con sujeción al Presupuesto de Egresos autorizado. A. Secretaría de Seguridad Pública del Estado. XVII. Subsecretaría del Sistema Penitenciario, Prevención y Reinserción Social: a) Departamento de Coordinación Estatal de Información Penitenciaria; b) Departamento de Servicios Generales; c) Dirección de Reinserción Social: 1. Departamento Técnico en Reinserción Social; 2. Departamento de Vinculación Social y Servicios Postpenales; 3. Departamento de Planeación Técnica. d) Dirección de Certificación de Centros Penitenciarios: 1. Departamento de Planeación, Evaluación y Seguimiento. e) Dirección de la Policía Procesal; f) (…) Artículo 144. Compete a la Dirección de la Policía Procesal: I. Atender los mandamientos judiciales, previa autorización de la persona titular de la Subsecretaría del Sistema, relacionados con las personas procesadas y sentenciadas, en los términos que dispongan las leyes; II. Programar y supervisar los traslados de personas privadas de su libertad y personas adolescentes a los recintos judiciales, en donde se celebrarán las audiencias judiciales y demás actos procesales, en coordinación con la Dirección de Seguridad y Custodia Penitenciaria; III. Coordinar y dar seguimiento a la seguridad y custodia de las personas privadas de su libertad y adolescentes privados de su libertad en los recintos judiciales, en coordinación con las demás autoridades de seguridad competentes, conforme a la logística y protocolos establecidos; IV. IV. Comunicar las incidencias relativas a la custodia y vigilancia en el recinto judicial y áreas de detención provisional, así como las que se susciten en los traslados, informando de ello a su superior inmediato; V. Atender las operaciones extraordinarias de seguridad que sean asignadas por el superior jerárquico; VI. Supervisar el manejo correcto del armamento por parte del personal bajo su cargo, establecer mecanismos para detectar las necesidades, así como coordinar y revisar la distribución del equipo, que se encuentre en condiciones adecuadas de operación en las áreas de circulación y acceso a los recintos judiciales y áreas de custodia VII. Gestionar ante el Departamento de Servicios Generales los requerimientos de equipo, consumibles y materiales, así coArchivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080144524000328

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaIncompetencia por razón de la materiaTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta19/08/2024Fecha solicitud término07/08/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deChihuahuaSector de la dependenciaPoder Judicial