Chihuahua - Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua - (CHIH)
Solicitud del día 12/09/2024 a la dependencia Chihuahua - Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua - (CHIH) del órgano Chihuahua
Descripción¿Cuánto presupuesto se ha asignado, anualmente y desde su creación, para la creación, funcionamiento y mantenimiento de la plataforma de Consulta Remota, el sistema de tribunal virtual, así como el sistema denominado "jindel"? ¿Cuánto de ese presupuesto se ha asignado vía licitación pública? ¿Cuánto de ese presupuesto se ha asignado vía adjudicación directa? En total, ¿cuánto de ese presupuesto total asignado ha sido gastado?Respuesta del día30/09/2024Texto de respuestaEn referencia a la solicitud de acceso a la información hecha por usted a la Unidad de Transparencia de este Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua, se ha emitido el siguiente acuerdo administrativo que a la letra dice: Chihuahua, Chihuahua a los treinta días del mes de septiembre del año dos mil veinticuatro. Vista para resolver la solicitud de información presentada a través de la Plataforma Nacional de Transparencia a la Unidad de Transparencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado, con número de folio 080144524000405, al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, solicita: ¿Cuánto presupuesto se ha asignado, anualmente y desde su creación, para la creación, funcionamiento y mantenimiento de la plataforma de Consulta Remota, el sistema de tribunal virtual, así como el sistema denominado "jindel"? ¿Cuánto de ese presupuesto se ha asignado vía licitación pública? ¿Cuánto de ese presupuesto se ha asignado vía adjudicación directa? En total, ¿cuánto de ese presupuesto total asignado ha sido gastado?” Por lo que esta Unidad procede a dar respuesta y: --------CONSIDERANDO: ------- I.- Que conforme lo dispone la fracción II, del artículo 38 de la Ley de la materia, es competencia de esta Unidad de Transparencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado recibir y tramitar las Solicitudes de Información que se hagan con respecto de la que se encuentre en sus archivos. ------ II.- Después de verificar los archivos de este Sujeto Obligado, conforme lo dispone la fracción IX del artículo 38 y de conformidad con el artículo 5 fracción XIX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, se remite la respuesta con los oficios DPP-682/2024, firmado por la C.P Blanca Esthela Carrasco Bencomo, directora de Programación y Presupuesto y el DTI-240/2024, signado por el Mtro. Joel Olivas Gasca, Subdirector en la Dirección de Tecnologías de la Información del Poder Judicial. Por lo anteriormente expuesto y fundado, es que se emite el siguiente acuerdo: ----ACUERDO: -------- PRIMERO. - Con fundamento en los artículos 32, 33, 38 fracción II, 40, 44 y 55 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, ha lugar a acordar de conformidad la solicitud planteada, pudiendo el usuario acceder a la respuesta en la forma y términos previstos en el considerando segundo del presente acuerdo. ------ SEGUNDO. - En los términos que lo ordenan los artículos 38 fracción VI y 55 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, notifíquese al usuario del presente proveído por el sistema SISAI2.0. Así, administrativamente actuando, lo acuerda el Titular de la Unidad de Transparencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua, M.D. Víctor Armando González Castro. ----------- “Si el solicitante no está satisfecho con la respuesta obtenida, podrá presentar el Recurso de Revisión ante el Sujeto Obligado o al Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública, el cual deberá presentarse dentro de los quince días hábiles siguientes contados a partir del día siguiente a su notificación.” --- Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080144524000405