Chihuahua - Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua - (CHIH)

Solicitud del día 15/10/2024 a la dependencia Chihuahua - Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua - (CHIH) del órgano Chihuahua

Descripción¡Hola! Según el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales “El juez no impondrá la prisión preventiva oficiosa y la sustituirá por otra medida cautelar, únicamente cuando lo solicite el Ministerio Público por no resultar proporcional para garantizar la comparecencia del imputado en el proceso, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima y de los testigos o de la comunidad o bien, cuando exista voluntad de las partes para celebrar un acuerdo reparatorio de cumplimiento inmediato, siempre que se trate de alguno de los delitos en los que sea procedente dicha forma de solución alterna del procedimiento”. Por favor, ¿podrían compartirme en cuántos casos ha solicitado el Ministerio Público que no se imponga la prisión preventiva oficiosa con base en este criterio entre 2016 y lo que va de 2024, para cada año? Si es posible, podrían proporcionarme la información desagregada por delito (y por año). También si es posible proporcionarme la información distinguiendo las veces que se solicitó por no resultar proporcional y las veces en las que se solicitó para celebrar un acuerdo reparatorio para el mismo periodo de tiempo. ¡Muchas gracias! Apreciaría si me dan la información en formato de datos abiertos. Respuesta del día18/10/2024Texto de respuestaChihuahua, Chihuahua a los dieciocho días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro. Vista la solicitud de información presentada ante la Unidad de Transparencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado, mediante la cual, al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, pide: “Hola! Según el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales “El juez no impondrá la prisión preventiva oficiosa y la sustituirá por otra medida cautelar, únicamente cuando lo solicite el Ministerio Público por no resultar proporcional para garantizar la comparecencia del imputado en el proceso, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima y de los testigos o de la comunidad o bien, cuando exista voluntad de las partes para celebrar un acuerdo reparatorio de cumplimiento inmediato, siempre que se trate de alguno de los delitos en los que sea procedente dicha forma de solución alterna del procedimiento”. Por favor, ¿podrían compartirme en cuántos casos ha solicitado el Ministerio Público que no se imponga la prisión preventiva oficiosa con base en este criterio entre 2016 y lo que va de 2024, para cada año? Si es posible, podrían proporcionarme la información desagregada por delito (y por año). También si es posible proporcionarme la información distinguiendo las veces que se solicitó por no resultar proporcional y las veces en las que se solicitó para celebrar un acuerdo reparatorio para el mismo periodo de tiempo. ¡Muchas gracias! Apreciaría si me dan la información en formato de datos abiertos.” Con fundamento en los artículos 6°, segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4° fracción II de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 40, 44, 47 y 59 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua; se informa al usuario que no corresponde a esta Unidad de Transparencia el trámite de la solicitud planteada, y que la misma se ha remitido a la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Chihuahua, la que se encargará de darle el seguimiento correspondiente, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en los artículos 118 y 119 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua; y 2, apartado B, fracciones II y III de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado; en relación con los numerales 140 y 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Notifíquese al usuario del presente proveído por la Plataforma Nacional de Transparencia. Así, administrativamente actuando, lo acuerda y firma el Titular de la Unidad de Transparencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado, C. Licenciado Víctor Armando González Castro. Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080144524000448

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaIncompetencia por razón de la materiaTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta29/10/2024Fecha solicitud término18/10/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deChihuahuaSector de la dependenciaPoder Judicial