Chihuahua - Delicias - (CHIH)
Solicitud del día 21/08/2024 a la dependencia Chihuahua - Delicias - (CHIH) del órgano Chihuahua
DescripciónEstimados todos, les solicito lo siguiente: 1. Nombre de todos los programas sociales de su actual administración enfocados a Adultos mayores 2. Nombre de todos los programas sociales de su actual administración enfocados a Adultos mayores en situación de calle 3. Nombre de todos los programas sociales de su actual administración enfocados a Adultos mayores en situación de abandono 4. Población estimada o censada de adultos mayores 5. Población estimada o censada de adultos mayores en situación de calle 6. Población estimada o censada de adultos mayores en situación de abandono 7. Número y nombre de asilos/albergues públicos administrados por el Estado/municipio, número de habitaciones y capacidad de usuarios. 8. Número y nombre de asilos/albergues privados 9. En caso de no encontrar la información referir a la dependencia o el servidor público que pueda tener la información. gracias a todos los implicados.Respuesta del día02/09/2024Texto de respuestaPERSONA SOLICITANTE DE LA INFORMACIÓN. Por este conducto, en atención a su solicitud de acceso a la información pública correspondiente al número de folio 080147324000068, y con fundamento en lo preceptuado por los artículos 6°, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4°, fracción II, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, se da respuesta a su petición, en los siguientes términos: 1.- En fecha 21/08/2024, se tuvo por recibida por parte de esta Unidad de Transparencia, a través del medio electrónico Plataforma Nacional de Transparencia la solicitud de acceso a la información pública correspondiente al número de folio 080147324000068, mediante la cual requiere de este ente público, se le proporcione información. 2.- Luego, con la finalidad de recabar la información antes descrita, y cumplir con el principio de exhaustividad en su búsqueda, de conformidad con lo establecido por el artículo 54 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, se llevó a cabo el procedimiento administrativo interno, a efecto de dar atención a la solicitud de información referida de acuerdo a su competencia y atribuciones, recibiendo respuesta por parte de la Dirección de Desarrollo Humano y Bien Común, así como la Coordinación de Grupos Vulnerables, misma que encontrará anexa al presente, no siendo ocioso mencionar que la población estimada o censada la podrá usted localizar en el link: https://www.inegi.org.mx/ y https://www.inegi.org.mx/app/areasgeograficas/?ag=08#collapse-Resumen ; por lo que respecta a “número y nombre de asilos/albergues privados” le comento que dentro de los archivos de las diversas dependencias de este sujeto obligado no se encuentra ducha información al ser de carácter privado. 3.-Con base a lo anterior, se tiene por contestada de manera integral, oportuna, verificable, accesible, completa, veraz, detallada, clara y en términos sencillos, atendiendo a todos y cada uno de los puntos formulados en la solicitud de mérito. Por lo antes expuesto, se A C U E R D A PRIMERO.- Al no existir algún trámite pendiente al respecto, se tiene por desahogada la solicitud de acceso a la información pública correspondiente al número de folio 080147324000068, en los términos expuestos y precisados; lo anterior, de conformidad con lo establecido por los artículos 6°, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4°, fracción II, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua. SEGUNDO.- Esta Unidad de Transparencia según lo antes expuesto y conforme lo dispone el artículo 136 del ordenamiento jurídico en cita, le hace de su conocimiento la leyenda prevista en el propio artículo, en los siguientes términos: "Si el solicitante no está satisfecho con la respuesta obtenida, podrá interponer, por sí mismo o a través de su representante, de manera directa o por medios electrónicos, recurso de revisión ante el Organismo Garante o ante la Unidad de Transparencia que haya conocido de la solicitud, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta, o del vencimiento del plazo para su notificación." TERCERO.- Notifíquese en la forma señalada por la persona solicitante, en los términos que ordenan los artículos 38 fracción VI y 55 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua. Sin otro asunto que tratar, se le desea que tenga un buen día, esperando que la información proporcionada sea de su utilidad, satisfacción y agrado.Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080147324000068