Chihuahua - DIF Juárez - (CHIH)
Solicitud del día 22/08/2024 a la dependencia Chihuahua - DIF Juárez - (CHIH) del órgano Chihuahua
Descripción¿Cuántos medidas de protección a favor de infantes se ratificaron en el periodo que comprende de julio de 2023 a julio de 2024?Respuesta del día22/08/2024Texto de respuestaAl respecto se hace de su conocimiento lo que a continuación se expresa: I. Que una vez visto el contenido y materia de la petición formulada, me permito comunicarle que la solicitud de acceso a la información pública presentada no es competencia de este organismo descentralizado, ya que no obra en posesión del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Juárez la información que solicita toda vez que la misma no forma parte de las documentación que obre en los archivos de éste organismo descentralizado, o bien, que se encuentre obligado a documentar, ya que no forma parte de las facultades, competencias o funciones de este organismo. Por lo que hacemos de su conocimiento, que de conformidad con lo establecido por el Decreto de Creación 394-85-7 P.E. del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Juárez, cuya naturaleza es la de un organismo descentralizado encargado de la materia de asistencia social, carece de atribuciones de la información generada por otras dependencias. II. En consecuencia, se le informa que el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, Municipio de Juárez, Chihuahua, es incompetente para dar respuesta y proporcionar lo requerido toda vez que existe una imposibilidad material para proveer la información solicitada. III. Con base en este antecedente, en términos de lo dispuesto por el artículo 59 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, que dispone el supuesto de que el Sujeto Obligado no sea competente para atender la solicitud de información por razón de su materia, la Unidad de Transparencia correspondiente deberá comunicarlo al solicitante, y en caso de poder determinar quién es el Sujeto Obligado competente, lo hará del conocimiento que el Sujeto Obligado que pudiera poseer la información que Usted solicita y en su caso proporcionársela, y sería la Subprocuraduría Auxiliar de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes a través del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Chihuahua, quien es el Organismo garante de la protección y restitución de los derechos de niñas, niños, adolescentes, adultos mayores en situación de abandono, adopciones, personas con discapacidad y otras personas en situación de vulnerabilidad.Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080150724000024