Chihuahua - DIF Rosales - (CHIH)
Solicitud del día 23/09/2024 a la dependencia Chihuahua - DIF Rosales - (CHIH) del órgano Chihuahua
DescripciónDebido al Inicio de nuevas administraciones solicito lo siguiente: 1- Nombre completo de quienes ocupen cargos de Presidente, Director y todo el personal operativo 2- Organigrama general con identificación por medio del nombre 3- Si la persona designada como Presidente tiene algún parentesco con el Presidente Municipal, en caso afirmativo, especificar cual. 4- Ya cuentan con algún presupuesto operacional? 5- Cuentan con algún plan de trabajo? 6- La administración anterior hizo entrega recepción?Respuesta del día04/10/2024Texto de respuestaEstimado Juan Carlos, por el presente medio le hacemos llegar la información pública solicitada en los términos siguientes: 1.- En relación al correlativo que se contesta de su escrito de solicitud de información, le anexo un archivo en formato PDF denominado “ANEXO A LA SOLICUTUD 080152424000004 DIF”, en él encontrará la información relativa al nombre completo de los funcionarios de esta H. Institución, Y su cargo, información que ponemos a su disposición en los términos establecidos por la fracción VII del artículo 77 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua. 2.- En relación al correlativo que se contesta de su escrito de solicitud de información, en el archivo que se acompaña encontrará el organigrama ordenado por nombre completo de cada funcionario de nuestra Institución, así como el cargo que ocupa. 3.- En relación al correlativo que se contesta de su escrito de solicitud de información, hago de su conocimiento que no existe ningún tipo de parentesco entre la Ing. Ana Rosa Millán Frausto, Presidenta del Desarrollo Integral de la Familia (DIF) del Municipio de Rosales, Chihuahua, y el C. José Dolores Andujo Gómez, Presidente del Municipio de Rosales, Chihuahua, toda vez que nuestra legislación únicamente reconoce 3 tipos de parentesco: 1) por consanguinidad, 2) afinidad y 3) civil, según lo dispuesto en los artículos 269, 270, 271 y 272 todos del Código Civil del Estado de Chihuahua, siendo que los funcionarios en comento no se encuentran en ninguno de los supuestos que describen los mencionados artículos, mismos que me permito transcribirle a continuación: ARTÍCULO 269. La ley no reconoce más parentesco que los de consanguinidad, afinidad y civil. ARTÍCULO 270. El parentesco de consanguinidad es el que existe entre personas que descienden de un mismo progenitor. ARTÍCULO 271. El parentesco de afinidad es el que se contrae por el matrimonio, entre el varón y los parientes de la mujer, y entre la mujer y los parientes del varón. ARTÍCULO 272. El parentesco civil es el que nace de la adopción, entre el adoptado, el adoptante y los parientes de éste. 4.- En relación al correlativo que se contesta de su escrito de solicitud de información, le informo que este órgano descentralizado ya cuenta con un presupuesto operacional, puede consultarlo en https://www.congresochihuahua2.gob.mx/biblioteca/presupuestoegresos/archivos/1497.pdf. 5.- En relación al correlativo que se contesta de su escrito de solicitud de información, hago de su conocimiento que esta Institución Pública ya cuenta con un plan de trabajo para los departamentos de Dirección, Trabajo Social, Alimentación y Psicología, el cual lo encontrará en el archivo electrónico que se adjunta, en el hallará la información relativa a la misión y visión de cada departamento, así como de los lineamientos a seguir para desarrollar su plan de trabajo. 6.- En relación al correlativo que se contesta de su escrito de solicitud de información, le informo que se llevó acabo el procedimiento de entrega de recepción de este organismo descentralizado conforme a los lineamientos establecidos en la Ley de Entrega Recepción para el Estado de Chihuahua. Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo, esperando que la información proporcionada haya sido de utilidad. Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080152424000004