Chihuahua - Juárez - (CHIH)

Solicitud del día 23/05/2024 a la dependencia Chihuahua - Juárez - (CHIH) del órgano Chihuahua

DescripciónBuenos días, Envío esta solicitud con motivo de conocer el destino que ha sufrido el proyecto "Megaparque El Chamizal", anunciado en 2017. El último desarrollo documentado en línea que pude encontrar fue una minuta de una sesión de cabildo del ayuntamiento de Cd. Juárez, con fecha del 26 de agosto del 2020. De igual manera, las notas periodísticas acerca del proyecto se detienen en noviembre de 2020. Entiendo que el desarrollo de la pandemia pudo haber detenido mucho procedimientos públicos, pero con los eventos recientes acerca de la determinación de El Chamizal como área de restauración ecológica por parte de la SEMARNAT, me pregunto: ¿se ha abandonado por completo el proyecto? ¿ha tenido nuevas gestiones en los últimos años? ¿hay un nuevo proyecto de desarrollo del parque? Por su atención, muchas gracias Respuesta del día06/06/2024Texto de respuestaC. BAldrete, con fundamento en los artículos 6°, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4°, fracción II, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, 6, 32 fracción IV, 55, 35, 36, fracción VII, 37 y 38 fracción II de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua; la Unidad de Transparencia del Ayuntamiento de Juárez, emite respuesta a su solicitud de información con número de folio 080155924000729 en los siguientes términos: SE ANEXA ARCHIVO QUE CONTIENE RESPUESTA LA A INFORMACIÓN SOLICITADA. Lo anterior, al advertirse del propio contenido de la Ley; así como habiéndose girado correo electrónico a la Secretaría del H. Ayuntamiento y habiendo sido atendido el mismo, se proporcionó a esta Coordinación de Transparencia mediante correo electrónico la respuesta referida. Por otra parte, de conformidad con los artículos 55 y 136, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, se le transcriben las leyendas previstas en los citados artículos; que “si el solicitante no está satisfecho con la respuesta obtenida, podrá presentar recurso de revisión ante el Organismo Garante o ante la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la respuesta”. Sin otro asunto que tratar le deseamos que tenga un excelente día. ¡Saludos!Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080155924000729

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información a través de PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta06/06/2024Fecha solicitud término06/06/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deChihuahuaSector de la dependenciaAyuntamientos