Chihuahua - Juárez - (CHIH)

Solicitud del día 28/05/2024 a la dependencia Chihuahua - Juárez - (CHIH) del órgano Chihuahua

Descripción1. ¿Cuánta ha sido la inversión pública para la promoción de la cultura, las artes y el deporte? 2. ¿Cuánto de este dinero ha sido destinado para la difusión del deporte en medios de comunicación visual (televisión)? 3. ¿Cuánto de este dinero ha ido destinado a la mejora de espacios culturales, específicamente a museos? 4. ¿Cuál ha sido la distribución de recurso por los diferentes museos de la ciudad? Respuesta del día31/05/2024Texto de respuestaEstimado(a) Ciudadano(a), con fundamento en los artículos 6°, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4°, fracción II, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 59 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua; la Unidad de Información del Ayuntamiento de Juárez, emite respuesta a su solicitud de información con número de folio 080155924000771 en los siguientes términos: Por este conducto nos permitimos comunicarle que la información solicitada no corresponde a este sujeto obligado. Por tal motivo le sugerimos que realice nuevamente su petición y la dirija al Instituto para la Cultura del Municipio de Juárez, Instituto Municipal del Deporte y Cultura Física del Municipio de Juárez; toda vez que dichos entes son Sujetos Obligados de la Ley de la materia y responsables en forma directa de los datos que genera o custodia, entre los cuales se encuentra la información que usted solicita. Le proporcionamos domicilio electrónico de dichas instituciones: https://ipacult.org/ https://deportecdjuarez.gob.mx/ Lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua. Por otra parte, de conformidad con los artículos 55 y 136, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, se le transcriben las leyendas previstas en los citados artículos; que “si el solicitante no está satisfecho con la respuesta obtenida, podrá presentar recurso de revisión ante el Organismo Garante o ante la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la respuesta”. Sin otro asunto que tratar le deseamos que tenga un excelente día. Saludos!!Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080155924000771

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaIncompetencia por razón de la materiaTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta11/06/2024Fecha solicitud término31/05/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deChihuahuaSector de la dependenciaAyuntamientos