Chihuahua - Juárez - (CHIH)
Solicitud del día 06/06/2024 a la dependencia Chihuahua - Juárez - (CHIH) del órgano Chihuahua
DescripciónEn un formato en Excel, se indique el grado de parentesco que tengan con la Sindica Maria Esther Mejia Cruz por consaguinidad, por afinidad o por cualquier otro tipo de relacion familiar, sin importar el grado que este tenga, de las siguientes personas que laboraron o laboran en la Sindicatura Municipal: - Marco Moyers. - Maria Elena Duran Palacios. - Veronica Alcay. - Yolanda Calderon Ortiz - Efrain Mejia Baca - Gloria Mirazo - Jesus Romero - Carlos Gutierrez Casas - Carlos Daniel Gutierrez - Bruno Ibarra - Blanca Idssel Rodriguez - Muñoz Estrada Adrian - Jesus Berzosa - Duran Escobedo Alejandra - Altamirano Garcia Saul - Mirazo De la Rosa Carlos Fernando - Salazar Mejia Rene - Norma Cisneros Cabrera Es importante señalar que el grado de especificidad de la solicitud, tiene que tener una respuesta a la altura, por ello, se solicita que unicamente se conteste lo solicitado, sin liks, sin hiperviculos. todo en un formato en excelRespuesta del día20/06/2024Texto de respuestaC. Marco Moyers y compañia, con fundamento en los artículos 6°, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4°, fracción II, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, 6, 32 fracción IV, 55, 35, 36, fracción VII, 37 y 38 fracción II de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua; la Unidad de Transparencia del Ayuntamiento de Juárez, emite respuesta a su solicitud de información con número de folio 080155924000803 en los siguientes términos: SE ANEXA ARCHIVO QUE CONTIENE RESPUESTA LA A INFORMACIÓN SOLICITADA. Lo anterior, al advertirse del propio contenido de la Ley; así como habiéndose girado correo electrónico a la Sindicatura Municipal y habiendo sido atendido el mismo, se proporcionó a esta Coordinación de Transparencia mediante correo electrónico la respuesta referida. Por otra parte, de conformidad con los artículos 55 y 136, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, se le transcriben las leyendas previstas en los citados artículos; que “si el solicitante no está satisfecho con la respuesta obtenida, podrá presentar recurso de revisión ante el Organismo Garante o ante la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la respuesta”. Sin otro asunto que tratar le deseamos que tenga un excelente día. ¡Saludos!Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080155924000803