Chihuahua - Juárez - (CHIH)
Solicitud del día 10/06/2024 a la dependencia Chihuahua - Juárez - (CHIH) del órgano Chihuahua
DescripciónSolicito lo siguiente en versión pública y formato electrónico. Por favor, responda atendiendo al criterio de máxima publicidad y aplique el principio de la suplencia de la queja. No obstruya el derecho de acceso a la información. Es fácil definir qué es lo que se está solicitando. Es sujeto obligado, y la información es pública y pertenece a la sociedad, la cual puede disponer de ella en todo momento. NO SE TARDEN 15 DÏAS POR FAVOR. 1. Nombre completo del funcionario que se encargó de notificar el cese o renuncia voluntaria o procedimiento que se haya tenido con el exempleado con número de empleado 30174 en este año 2024 2. Salario mensual. 3. Cargo o puesto. 4. Área de adscripción. 5. Antigüedad en la administración. 6. Curriculum Vitae en versión pública. 7. Número total de procedimientos de cese que ha implementado en la presente administración. 8. Números de empleado de todas y todos aquellos a quienes se les aplicó ese proceso de cese, así como la dependencia a la que pertenecía cada uno de ellos. No es un documento ad hoc, son datos que se están solicitando, no aplica el criterio utilizado en su terrible respuesta opaca y revictimizante. 9. Nombre de su superior jerárquico. 10. El documento con la firma de renuncia.Respuesta del día01/07/2024Texto de respuestaCiudadano(a), con fundamento en los artículos 6°, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4°, fracción II, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, 6, 32 fracción IV, 55, 35, 36, fracción VII, 37 y 38 fracción II de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua; la Unidad de Transparencia del Ayuntamiento de Juárez, emite respuesta a su solicitud de información con número de folio 080155924000814 en los siguientes términos: SE ANEXA ARCHIVO QUE CONTIENE RESPUESTA LA A INFORMACIÓN SOLICITADA. Lo anterior, al advertirse del propio contenido de la Ley; así como habiéndose girado correo electrónico a Oficialía Mayor y habiendo sido atendido el mismo, se proporcionó a esta Coordinación de Transparencia mediante correo electrónico la respuesta referida. Por otra parte, de conformidad con los artículos 55 y 136, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, se le transcriben las leyendas previstas en los citados artículos; que “si el solicitante no está satisfecho con la respuesta obtenida, podrá presentar recurso de revisión ante el Organismo Garante o ante la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la respuesta”. Sin otro asunto que tratar le deseamos que tenga un excelente día. ¡Saludos!Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080155924000814