Chihuahua - Juárez - (CHIH)
Solicitud del día 24/06/2024 a la dependencia Chihuahua - Juárez - (CHIH) del órgano Chihuahua
DescripciónLa nota https://nortedigital.mx/donmirone/les-paga-municipio-a-regidores-un-viajecito-a-europa/ refiere un viaje para una capacitación por parte de los regidores durante 10 días a la ciudad de Madrid, España. Solicito lo siguiente en versiones públicas y formatos electrónicos. 1. Monto total asignado a esta actividad. 2. Desglose del gasto. 3. Transferencias bancarias para cubrir los pagos. 4. Partida presupuestal. 5. Dependencia o área de la administración que funge como área requiriente. 6. Cuenta origen. 7. Nombre de quién autoriza el gasto. 8. Datos sobre la capacitación a la que asisten. 9. Lista de ediles que asistirán. 10. Fechas de las reservas y vuelos, hospedajes y retornos de aviones y hoteles. Por favor responda cada numeral por separado y entregue únicamente la información que se solicita. En caso de no contar con la información solicitada, funde y motive exhaustivamente las razones por las que no cuenta con dichos datos. Respuesta del día08/07/2024Texto de respuestaEstimado C. Síndico Ciudadano con fundamento en los artículos 6°, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4°, fracción II, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, 6, 32 fracción IV, 55, 35, 36, fracción VII, 37 y 38 fracción II de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua; la Unidad de Transparencia del Ayuntamiento de Juárez, emite respuesta a su solicitud de información con número de folio 080155924000858 en los siguientes términos: SE ANEXA ARCHIVO QUE CONTIENE RESPUESTA A INFORMACIÓN SOLICITADA. Lo anterior, al advertirse del propio contenido de la Ley; así como habiéndose girado correo electrónico al H. Cuerpo de Regidores y habiendo sido atendido el mismo, se proporcionó a esta Coordinación de Transparencia mediante correo electrónico la respuesta referida. Por otra parte, de conformidad con los artículos 55 y 136, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, se le transcriben las leyendas previstas en los citados artículos; que “si el solicitante no está satisfecho con la respuesta obtenida, podrá presentar recurso de revisión ante el Organismo Garante o ante la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la respuesta”. Sin otro asunto que tratar le deseamos que tenga un excelente día. Saludos!!Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080155924000858