Chihuahua - Juárez - (CHIH)
Solicitud del día 03/07/2024 a la dependencia Chihuahua - Juárez - (CHIH) del órgano Chihuahua
DescripciónDe acuerdo a lo mencionado en su entrevista Alma Edith Arredondo Salinas, regidora autónoma, ha señalado que el parque El Chamizal «se está muriendo» por una plaga. https://axionsinlimite.com.mx/2024/07/03/una-plaga-en-los-arboles-esta-matando-a-el-chamizal/ Solicito que precise la regidora Arredondo lo siguiente: 1) Que plaga (s) es la que asevera que los árboles tienen 2) ¿Cuáles estudios diagnósticos avalan dicha aseveración? Donde y quien realizo el diagnostico, fecha, costo de dicho diagnóstico y quién lo pago.(Agregar comprobantes de realización, diagnóstico y pago). 3) De no tener este diagnóstico oficial, indicar de donde viene su aseveración de la plaga en árboles y del tiempo de vida de 3 a 5 años del Chamizal (fuentes oficiales). 4) Porcentaje de árboles con dicha plaga 5) ¿Cuál es el plan/propuesta de intervención para recuperar al Chamizal que tienen para ser aprobado por Semarnat? Favor de anexarlo en la respuesta. 6) ¿Qué dependencias o quienes estarían de responsables de realizar la intervención que proponen? 7) Acta o documento de la autorización del $ 1, 900 000 pesos, ya que menciona y asevera que el Municipio de Cd. Juárez autorizó dicha cantidad, y/o acta de cabildo donde se autorizó y de que partida presupuestal sale dicha cantidad. 8) Que otras alternativas y propuesta tiene La Comisión Edilicia de Ecología y Protección Civil en caso de no ser aceptado el exhorto por SEMARNAT?Respuesta del día17/07/2024Texto de respuestaCon fundamento en los artículos 6°, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4°, fracción II, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, 6, 32 fracción IV, 55, 35, 36, fracción VII, 37 y 38 fracción II de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua; la Unidad de Transparencia del Ayuntamiento de Juárez, emite respuesta a su solicitud de información con número de folio 080155924000911 en los siguientes términos: SE ANEXA ARCHIVO QUE CONTIENE RESPUESTA A INFORMACIÓN SOLICITADA. Lo anterior, al advertirse del propio contenido de la Ley; así como habiéndose girado correo electrónico al H. Cuerpo de Regidores y a la Coordinación de Administración y Control de Proyectos y habiendo sido atendido el mismo, se proporcionó a esta Coordinación de Transparencia mediante correo electrónico la respuesta referida. Por otra parte, de conformidad con los artículos 55 y 136, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, se le transcriben las leyendas previstas en los citados artículos; que “si el solicitante no está satisfecho con la respuesta obtenida, podrá presentar recurso de revisión ante el Organismo Garante o ante la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la respuesta”. Sin otro asunto que tratar le deseamos que tenga un excelente día. Saludos!!Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080155924000911