Chihuahua - Juárez - (CHIH)
Solicitud del día 19/07/2024 a la dependencia Chihuahua - Juárez - (CHIH) del órgano Chihuahua
DescripciónSe piden: 1. Ubicación de puntos limpios mencionados en la siguiente nota de comunicación social: https://www.juarez.gob.mx/noticia/20345/con-punto-limpio-se-facilitar-a-los-juarenses-deshacerse-de-los-tiliches-alcalde#:~:text=Ayer%20por%20la%20tarde%2C%20el,Aguascalientes%20de%20la%20colonia%20Salvarcar. 2. Y plan para continuar instalando estos puntos en la ciudad, incluyendo ubicaciones en donde más se instalarán. 3. ¿Es posible solicitar uno en otro parque que se encuentre fuera de los planes del municipio?Otros datoshttps://www.juarez.gob.mx/noticia/20345/con-punto-limpio-se-facilitar-a-los-juarenses-deshacerse-de-los-tiliches-alcalde#:~:text=Ayer%20por%20la%20tarde%2C%20el,Aguascalientes%20de%20la%20colonia%20Salvarcar.Respuesta del día26/07/2024Texto de respuestaC. Tomas Lizarraga, con fundamento en los artículos 6°, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4°, fracción II, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, 6, 32 fracción IV, 55, 35, 36, fracción VII, 37 y 38 fracción II de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua; la Unidad de Transparencia del Ayuntamiento de Juárez, emite respuesta a su solicitud de información con número de folio 080155924000981 en los siguientes términos: SE ANEXA ARCHIVO QUE CONTIENE RESPUESTA LA A INFORMACIÓN SOLICITADA. Lo anterior, al advertirse del propio contenido de la Ley; así como habiéndose girado correo electrónico a la Dirección General de Servicios Públicos Municipales y habiendo sido atendido el mismo, se proporcionó a esta Coordinación de Transparencia mediante correo electrónico la respuesta referida. Por otra parte, de conformidad con los artículos 55 y 136, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, se le transcriben las leyendas previstas en los citados artículos; que “si el solicitante no está satisfecho con la respuesta obtenida, podrá presentar recurso de revisión ante el Organismo Garante o ante la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la respuesta”. Sin otro asunto que tratar le deseamos que tenga un excelente día. ¡Saludos!Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080155924000981