Chihuahua - Juárez - (CHIH)
Solicitud del día 23/07/2024 a la dependencia Chihuahua - Juárez - (CHIH) del órgano Chihuahua
DescripciónEn relación con lo dicho en el oficio número DGIC/034/2021 existe un acuerdo verbal que afecta a los oficios 340/2021, 342/2021 y 347/2021 en el que se torga un descuento del 50% en el módulo de permisos a las asociaciones Grupo Cislot Inmex A.C., Renacimiento La Curva, Autos X, Lote Chavira II, Turys Car, Lote Troncoso, Autos Chavira Jilotepec, Uivac, Venta De Autos Ejército Nacional, La Curva Perimetral, Unión de vendedores de autos usados La Curva Perimetral, Autos Rojo S.A. de C.V., Servigon Servicios Aduanales Agencia de importación vehicular . Solicito conocer: 1. ¿A partir de cuándo existe este acuerdo verbal? 2. ¿A partir de cuándo se ejecuta efectivamente el descuento las asociaciones? 3. ¿A la fecha ese acuerdo sigue vigente? Si no sigue vigente, solicito se me diga: 4. ¿Cuándo termino ese acuerdo? 5. ¿Cuándo dejó de cobrarse ese descuento a las asociaciones? 6. ¿Actualmente existe algún otro acuerdo o acto legal que permita o establezca que se realice algún descuento en el mismo trámite? Favor de adjuntar la versión pública de los oficios u acuerdos que existan. Respuesta del día19/08/2024Texto de respuestaCiudadano(a), con fundamento en los artículos 6°, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4°, fracción II, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, 6, 32 fracción IV, 55, 35, 36, fracción VII, 37 y 38 fracción II de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua; la Unidad de Transparencia del Ayuntamiento de Juárez, emite respuesta a su solicitud de información con número de folio 080155924000997 en los siguientes términos: SE ANEXA ARCHIVO QUE CONTIENE RESPUESTA LA A INFORMACIÓN SOLICITADA. Lo anterior, al advertirse del propio contenido de la Ley; así como habiéndose girado correo electrónico a la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, Dirección General de Informática y Comunicaciones, Tesorería Municipal y habiendo sido atendido el mismo, se proporcionó a esta Coordinación de Transparencia mediante correo electrónico la respuesta referida. Por otra parte, de conformidad con los artículos 55 y 136, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, se le transcriben las leyendas previstas en los citados artículos; que “si el solicitante no está satisfecho con la respuesta obtenida, podrá presentar recurso de revisión ante el Organismo Garante o ante la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la respuesta”. Sin otro asunto que tratar le deseamos que tenga un excelente día. ¡Saludos!Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080155924000997