Chihuahua - Juárez - (CHIH)
Solicitud del día 27/08/2024 a la dependencia Chihuahua - Juárez - (CHIH) del órgano Chihuahua
DescripciónCon base en el artículo 6to Constitucional solicito en versión electrónica la siguiente información puntual de la cual solicito esta Unidad de Transparencia pregunte a todas las dependencias del Gobierno Municipal que la puedan tener a fin de dar cumplimiento a la solicitud de información, en especial a Obras Públicas y Desarrollo Urbano: 1 ¿Cuántos de los proyectos del Programa de Accesibilidad Universal del Gobierno Municipal anunciado en 2022 ejecutó y terminó la Dirección de Obras Públicas? 2 De los proyectos terminados solicito se me indique la licitación para cada proyecto 3 De los proyectos terminados solicito copia del contrato y número de contrato. 4 De los proyectos terminados solicito monto exacto ejecutado en el proyecto 5 De los proyectos terminados solicito el catálogo de conceptos. Pido encarecidamente que se abstengan de mandarme ligas con bases de datos extensas o tutoriales, ya que se está pidiendo información muy puntual y se espera recibir esos documentos. Respuesta del día11/09/2024Texto de respuestaCiudadano(a), con fundamento en los artículos 6°, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4°, fracción II, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, 6, 32 fracción IV, 55, 35, 36, fracción VII, 37 y 38 fracción II de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua; la Unidad de Transparencia del Ayuntamiento de Juárez, emite respuesta a su solicitud de información con número de folio 080155924001082 en los siguientes términos: SE ANEXA ARCHIVO QUE CONTIENE RESPUESTA LA A INFORMACIÓN SOLICITADA. Lo anterior, al advertirse del propio contenido de la Ley; así como habiéndose girado correo electrónico a la Dirección General de Desarrollo Urbano, Dirección General de Obras Publicas y habiendo sido atendido el mismo, se proporcionó a esta Coordinación de Transparencia mediante correo electrónico la respuesta referida. Por otra parte, de conformidad con los artículos 55 y 136, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, se le transcriben las leyendas previstas en los citados artículos; que “si el solicitante no está satisfecho con la respuesta obtenida, podrá presentar recurso de revisión ante el Organismo Garante o ante la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la respuesta”. Sin otro asunto que tratar le deseamos que tenga un excelente día. ¡Saludos!Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080155924001082