Chihuahua - Juárez - (CHIH)

Solicitud del día 02/09/2024 a la dependencia Chihuahua - Juárez - (CHIH) del órgano Chihuahua

DescripciónBuen día, acudo por este medio para ejercer mi derecho de petición consagrado en el artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a fin de que me proporcionen la siguiente información: Copia digitalizada de los contratos de trabajo y/o de prestación de servicios, y cualquier convenio en sentido amplio realizado para contratar asesores externos en los siguientes rubros: asesoría jurídica, asesoría en transparencia, asesoría en auditorias, asesorías financieras y los asesores empleados para la labor y funcionamiento del cabildo. La información antes solicitada puede ser enviada al correo electrónico defensorialegal4t@gmail.com en caso de que esta exceda la capacidad de la plataforma de transparencia. No está de más señalar que, la información solicitada debe ser pública, a fin de garantizar la rendición de cuentas del gobierno a las y los ciudadanos, por lo que quedo a la espera de su remisión. Respuesta del día17/09/2024Texto de respuestadefensoria4t, con fundamento en los artículos 6°, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4°, fracción II, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, 6, 32 fracción IV, 55, 35, 36, fracción VII, 37 y 38 fracción II de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua; la Unidad de Transparencia del Ayuntamiento de Juárez, emite respuesta a su solicitud de información con número de folio 080155924001089 en los siguientes términos: SE ANEXA ARCHIVO QUE CONTIENE RESPUESTA LA A INFORMACIÓN SOLICITADA. Lo anterior, al advertirse del propio contenido de la Ley; así como habiéndose girado correo electrónico a Tesorería Municipal, Contraloría Municipal, Oficialía Mayor, Secretaría del H. Ayuntamiento, Secretaría Particular, H. Cuerpo de Regidores y habiendo sido atendido el mismo, se proporcionó a esta Coordinación de Transparencia mediante correo electrónico la respuesta referida. Por otra parte, de conformidad con los artículos 55 y 136, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, se le transcriben las leyendas previstas en los citados artículos; que “si el solicitante no está satisfecho con la respuesta obtenida, podrá presentar recurso de revisión ante el Organismo Garante o ante la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la respuesta”. Sin otro asunto que tratar le deseamos que tenga un excelente día. ¡Saludos!Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080155924001089

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información a través de PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta17/09/2024Fecha solicitud término17/09/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deChihuahuaSector de la dependenciaAyuntamientos