Chihuahua - Juárez - (CHIH)

Solicitud del día 26/09/2024 a la dependencia Chihuahua - Juárez - (CHIH) del órgano Chihuahua

DescripciónCon base en el artículo 6to Constitucional solicito en versión electrónica y en datos abiertos la siguiente información: - ¿Cuántos parques tiene la zona periurbana suroriente de la ciudad? - De esos, cuántos parques cuentan con línea morada y distribución de agua tratada? - ¿Cuántas áreas verdes tiene la zona periurbana suroeitne de la ciudad? - De esas, cuántas áreas verdes cuentan con línea morada y distribución de agua tratada? - ¿Cuántos parques de la zona periurbana suroriente de la ciudad tienen sistema de riego? Respuesta del día30/09/2024Texto de respuestaEstimado Ciudadano, con fundamento en los artículos 6°, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4°, fracción II, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 59 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua; la Unidad de Información del Ayuntamiento de Juárez, emite respuesta a su solicitud de información con número de folio 080155924001135 en los siguientes términos: Por este conducto nos permitimos comunicarle que la información solicitada no corresponde a este sujeto obligado. Por tal motivo le sugerimos que realice nuevamente su petición y la dirija al Instituto Municipal de Investigación y Planeación; toda vez que dicho ente es Sujeto Obligado de la Ley de la materia y responsable en forma directa de los datos que genera o custodia, entre los cuales se encuentra la información que usted solicita. Le proporcionamos domicilio electrónico de dicha institución: https://www.imip.org.mx/imip/node/1 Lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua. Por otra parte, de conformidad con los artículos 55 y 136, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, se le transcriben las leyendas previstas en los citados artículos; que “si el solicitante no está satisfecho con la respuesta obtenida, podrá presentar recurso de revisión ante el Organismo Garante o ante la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la respuesta”. Sin otro asunto que tratar le deseamos que tenga un excelente día. Saludos!!Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080155924001135

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaIncompetencia por razón de la materiaTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta11/10/2024Fecha solicitud término30/09/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deChihuahuaSector de la dependenciaAyuntamientos