Chihuahua - Comisión Estatal de los Derechos Humanos - (CHIH)
Solicitud del día 26/09/2024 a la dependencia Chihuahua - Comisión Estatal de los Derechos Humanos - (CHIH) del órgano Chihuahua
DescripciónDerivado de la participación de la regidora Luz Clara Cristo Sosa, en la reunión previa para la sesión de cabildo numero 1 de la administración publica del municipio de Juárez 2024-2027, con fecha de 23 de septiembre del 2024. En donde de manera textual se refirió de una forma discriminatoria e insultante, a las personas con discapacidades físicas, como lo establece LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD en su articulo 2 de la fracción IX a la fracción XIII, la definición de los diferentes tipos de discapacidades que protege el Estado Mexicano. Y que en el mismo articulo, en su fracción XIV que se transcribe en el siguiente párrafo: LEY GENERAL PARA LA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD -Articulo 2 -Fracción XIV. Discriminación por motivos de discapacidad. Se entenderá cualquier distinción, exclusión o restricción por motivos de discapacidad que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar, menoscabar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, en igualdad de condiciones, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en los ámbitos político, económico, social, cultural, civil o de otro tipo. Incluye todas las formas de discriminación, entre ellas, la denegación de ajustes razonables Así que la regidora en mención, trasgredió y uso su posición en el cabildo para menoscabar e impedir la participación y elaboración de políticas publicas, aludiendo que están mal redactadas porque van dirigidas para "retrasados mentales o niños de dos años" ya que aunque pertenece al cabildo y su posición es de regidora, tiene las mismas obligaciones que cualquier servidor publico municipal. Por lo cual se solicita la denuncia con el acuse de recibido, que tuvo que presentar ante el Órgano Interno de Control del municipio de Juárez, el secretario de ayuntamiento, el director y/o encargado de despacho de gobierno o el director y/o encargado de despacho jurídico del ayuntamiento, del director y/o encargado de despacho de derechos humanos, así como la denuncia con el acuse de recibido que tuvo que presentar la comisión de regidores de Atención de los Derechos Humanos y Grupos Vulnerables y la denuncia con el acuse de recibido que tuvo que presentar la comisión de juventud y el director y/o encargado de despacho del IMJJ, ya que al ser la coordinadora de dicha comisión y al menospreciar a los infantes y/o jovenes con discapacidades, perpetua una discriminación a cualquier dictamen que elabore dicha comisión. Así como la denuncia con el acuse de recibido, que tuvo que presentar la sindicatura municipal. Se hace énfasis que toda la documentación solicitada sea en VERSION PUBLICA Ya que la regidora Luz Cristo, incumplió con sus obligaciones, como lo marca el código de ética para la Administración Publica del Municipio de Juárez, en su articulo 7, fracción II, II, IV. así como en su articulo 9, articulo 21 y como lo que establece el articulo 49, fracción I de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Por lo cual, si no se ha presentado denuncia alguna, se solicita que el secretario del ayuntamiento y/o coordinación de transparencia remita esta solicitud como una denuncia anónima al Órgano Interno de Control y se solicita cual seria la proyección de una sanción administrativa a la regidora en mención. y se nos entregue la denuncia con el acuse de recibido EN VERSION PUBLICA Así como la intervención de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y se nos entregue la documentación en versión publica, consistente en la aplicación de sus atribuciones y las recomendaciones que ha hecho consistente en lo cometido por la regidora Luz Clara Cristo. Se anexa como prueba el link del video de cabildo con fecha del 23 de septiembre del 2024, de la cuenta de Youtube del Municipio de Juárez, en donde se comete la posible falta administrativa, en la cual transcurre del minuto 32:00 al minuto 32:30 https://www.youtube.com/watch?v=bY_hPzNthRQ&list=PL8o_TgttoUWmZIrSTam3O1YfWpomAtbrd&index=2 Respuesta del día10/10/2024Texto de respuestaVéase archivo adjunto a la presente plantilla. De igual forma y toda vez que el Sistema de Solicitudes de Información del Estado no permite que se adjunten varios archivos; se le remite en formato comprimido «Zip» La respuesta correspondiente, aunado a lo anterior se pone a su disposición los datos de contacto de esta Unidad de Transparencia. Teléfono oficial (614) 201-29-90, extensión 105. Correo electrónico oficial: transparencia@cedhchihuahua.org.mx para cualquier observación, duda o inquietud respecto a la visualización del archivo adjunto o el contenido de la presente respuesta institucional. El horario de labores es de lunes a viernes de 8:00 horas a 16:00 horas.Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-080159124000118