Chihuahua - Instituto para la Cultura del Municipio de Juárez - (CHIH)

Solicitud del día 25/06/2024 a la dependencia Chihuahua - Instituto para la Cultura del Municipio de Juárez - (CHIH) del órgano Chihuahua

DescripciónPor medio de la presente, y en ejercicio de mi derecho de acceso a la información pública, conforme a lo establecido en el artículo 8 de La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, articulo 4,11,12,13,14,15,16,18,19,21,23 de la LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA y articulo 4, 6, 10, 11, 12, 13, 15, 16 y 21 la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, solicito de manera formal información detallada de lo siguiente. 1. Relación actualizada de sueldos y salarios del personal del instituto. 2. Curriculum vitae de los encargados de área o coordinadores de les espacios de acuerdo a su organigrama, así como titulos profesionales o cédula profesional de cada uno de ellos. 3. Curriculum vita de la Directora General, así como su cédula profesional o titulo profesional. 4. Programas sociales que tienen considerados para el ejercicio fiscal 2024.Respuesta del día03/07/2024Texto de respuestaEstimado C. NO IDENTIFICADO, reciba un cordial saludo, a su vez esta Unidad de Transparencia le informa que con fundamento en los artículos 6°, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4°, fracción II, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 1, 6, 32 fracción IV, 55, 35, 36, fracción VII, 37 y 38 fracción II, todos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua; la Unidad de Transparencia de Instituto para la Cultura del Municipio de Juárez, Chihuahua, emite respuesta a su solicitud de información con número de folio 081473524000047 de acuerdo al archivo adjunto. Por otra parte, se hace de su conocimiento que de conformidad con el artículo 136 de la Ley de Transparencia de Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, pues en transcripción de las leyendas previstas en dicho artículo establece: “El solicitante podrá interponer, por sí mismo o a través de su representante, de manera directa o por medios electrónicos, recurso de revisión ante el Organismo Garante o ante la Unidad de Transparencia que haya conocido de la solicitud dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta, o del vencimiento del plazo para su notificación.” Sin otro asunto que tratar le deseamos que tenga un excelente día.Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-081473524000047

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información a través de PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta10/07/2024Fecha solicitud término03/07/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deChihuahuaSector de la dependenciaDescentralizados