Chihuahua - Operadora de Transporte Vivebus Chihuahua - (CHIH)
Solicitud del día 23/05/2024 a la dependencia Chihuahua - Operadora de Transporte Vivebus Chihuahua - (CHIH) del órgano Chihuahua
DescripciónSe solicita a los entes obligados: Número de reuniones realizadas entre dichos entes públicos con las empresas transportistas y/o concesionarios de transporte público de las empresas Ceiba, lazo 5 puntos y Avante. Minuta de reuniones realizadas entre dichos entes públicos y las empresas transportistas y/o consecionarios de transporte público ceiba, lazo 5 puntos y avante.Respuesta del día28/05/2024Texto de respuestaChihuahua, Chihuahua, 28 de Mayo de 2024. Asunto: Respuesta a Solicitud de Información No. 081616024000017 SOLICITANTE EN LA PLATAFORMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA P R E S E N T E. – En referencia a la solicitud de acceso a la información con número de folio 081616024000017, efectuada por usted a la Unidad de Transparencia de Operadora de Transporte Vivebús de Chihuahua, S.A. de C.V., mediante la cual, al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, requiere se le informe respecto a lo siguiente: 1.- Número de reuniones realizadas entre dichos entes públicos con las empresas transportistas y/o concesionarios de transporte público de las empresas Ceiba, lazo 5 puntos y Avante. 2.- Minuta de reuniones realizadas entre dichos entes públicos y las empresas transportistas y/o concesionarios de transporte público ceiba, lazo 5 puntos y avante. Por lo antes requerido, esta Unidad de Transparencia procede a dar RESPUESTA de acuerdo a los siguientes: C O N S I D E R A N D O S: I.- Que conforme lo dispone el Titulo Tercero en su Capítulos I artículo 32, fracción I y Capitulo III en la fracción II, del artículo 38 de la Ley en la materia, es competencia de esta Unidad de Transparencia de Operadora de Transporte Vivebús de Chihuahua, S.A. de C.V., de recibir y tramitar las Solicitudes de Información Pública que se hagan con respecto de lo que se encuentre en sus archivos. II.- Que la Operadora de Transporte de Chihuahua S.A. de C.V., es un Organismo Público de conformidad con lo dispuesto por los artículos 10, segundo párrafo de la Ley de Transporte y sus Vías de Comunicación; 30, fracción III de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado; 38 y 39 de la Ley de Entidades Paraestatales, por la cual se crea la Empresa Propiedad del Estado denominada “Operadora de Transporte VIVEBÚS Chihuahua, con el objeto de administrar y operar el servicio público de transporte urbano de pasajeros de la Ruta Troncal 1 en la Ciudad de Chihuahua. III.- Ahora bien, se advierte de la propia solicitud de información realizada a esta Unidad de Transparencia, que el ciudadano se refiere a datos que por su naturaleza no obran en los archivos de esta autoridad, correspondiendo a otro Sujeto Obligado su conservación y archivo en los términos de la legislación correspondiente. Sin embargo y con el ánimo de contribuir a evitar la opacidad en el servicio de la administración pública, le comunico que puede usted dirigir su solicitud a la Secretaría General de Gobierno y a la Subsecretaría de Transporte del Estado de Chihuahua por ser las autoridades competentes en materia de transporte en el Estado. Por lo anteriormente expuesto y fundado, es que se emite el siguiente: ACUERDO. PRIMERO.- De conformidad con lo establecido en el Artículo 59 cuando el Sujeto Obligado no es competente para atender la solicitud de información, la Unidad de Transparencia deberá comunicar al solicitante, dentro de los tres días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud que no es competente debido a que los datos solicitados no obran en los archivos de este Organismo y su conservación y archivo le corresponden a otro Sujeto Obligado en los términos de la legislación correspondiente. SEGUNDO. - Por lo anteriormente señalado y con fundamento en el artículo 59 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Chihuahua, se exhorta respetuosamente a la solicitante dirigir su solicitud de información pública a la Secretaría General de Gobierno y a la Subsecretaría de Transporte del Estado por ser las autoridades competentes en materia de transporte en el Estado, por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia. https://www.plataformadetransparencia.org.mx/ TERCERO- Notifíquese al solicitante conforme al medio que señaló para tales efectos de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 Fracción VI de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua. A T E N T A M E N T E.- LIC.Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-081616024000017