Chihuahua - Comisión Estatal de Atención a las Adicciones - (CHIH)
Solicitud del día 18/07/2024 a la dependencia Chihuahua - Comisión Estatal de Atención a las Adicciones - (CHIH) del órgano Chihuahua
DescripciónBuen día me podrán por favor informar si la NORMA Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-1999, Para la prevención, tratamiento y control de las adicciones. 1. Se encuentra vigente? 2.- De ser así se ha sido modificada? 3.- INDICAR DATOS DE SUS MODIFICACIONES. 4.- O EN SU CASO SI EXISTE ALGUNA OTRA NORMA LEGISLACIÓN, REGLAMENTO, CIRCULAR O DOCUMENTO QUE REGULE EL TRATAMIENTO DE LAS ADICCIONES. Y LOS ARTÍCULOS QUE EN CADA NORMA LEGAL ESTABLECE EL TEMA DE LAS ADICCIONES. GraciasRespuesta del día25/07/2024Texto de respuestaEn armonía con los Artículos 5 Fracciones III, VI, VII, X incisos a, b, c, d, e, f, g, h, Fracción XV, 33 Fracción VII, X, XVIII, 55 y 56 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, esta Unidad de Transparencia tiene a bien entregarle la información que fue proporcionada por la Comisión Estatal de Atención a las Adicciones a través del área responsable responde, en los siguientes términos: Como respuesta a su solicitud. 1.- Con fecha del 21 de agosto del año 2009, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación la modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-1999, Para La Prevención, Tratamiento Y Control De Las Adicciones, para quedar como Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-2009, Para La Prevención, Tratamiento Y Control De Las Adicciones, siendo entonces esta última la Norma Oficial Mexicana vigente. 2.- Como previamente se indicó, en efecto la NOM-028-SSA2-1999, Para La Prevención, Tratamiento Y Control De Las Adicciones fue sujeta a modificaciones acorde a lo establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, dando como resultado la Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-2009, Para La Prevención, Tratamiento Y Control De Las Adicciones vigente. 3.- Respecto a los datos de modificación, estos fueron realizados por organismos del ámbito federal. No omito señalar que las Normas Oficiales Mexicanas están sujetas a la consulta pública a través de los diversos medios digitales e impresos para una mayor referencia. 4.- A nivel federal, la Ley General de Salud establece el tema de adicciones dentro del Título Tercero denominado Prestación de los Servicios de Salud en su Capítulo VII de la Salud Mental como parte de la prevención y atención integral de los trastornos mentales y por consumo de sustancias psicoactivas y de adicciones, toda vez que actualmente la normatividad federal aborda las adicciones de manera integral como parte de la salud mental. Asimismo, se cuenta con el Titulo Decimo Primero denominado Programas contra las Adicciones dentro del cual se encuentra derogado el Capítulo I denominado Consejo Nacional Contra las Adicciones así como el Capítulo III Programa Contra el Tabaquismo. Subsiste dentro de este Título el Capítulo II denominado Programa para la Prevención, Reducción y Tratamiento del uso nocivo del Alcohol, la Atención del Alcoholismo y la Prevención de Enfermedades derivadas del mismo, Capitulo II Bis, Protección de la Salud de Terceros y de la Sociedad frente al Uso Nocivo del Alcohol así como el Capítulo IV denominado Programa Contra la Farmacodependencia. En el estado de Chihuahua se cuenta con la Ley Estatal de Salud que establece lo relativo a la materia que nos ocupa en su Capítulo IV denominado Programas para la Atención de las Adicciones que comprende del artículo 202 al 204. A su vez, se cuenta con la Ley Estatal de Atención a las Adicciones, ordenamiento jurídico que es de orden público e interés social y acorde a lo que estipula su propio artículo primero, esta tiene por objeto: I. Establecer procedimientos y criterios fundamentados en principios de investigación científica y profesional, para la sensibilización, prevención de adicciones, tratamiento, erradicación y asistencia, así como de reinserción social de personas con problemas de adicción, en todos los ámbitos, ya sean públicos o privados. II. Regular la prestación de asistencia integral a personas con problemas de adicción que deseen recuperarse de las mismas, y establecer las medidas necesarias para su reinserción a la sociedad. III. Fomentar los valores universales, así como el respeto a la dignidad en su persona y la de sus semejantes. IV. Implementar las bases mínimas para diseñar el contenido de políticas, programas y acciones de sensibilización, prevención y erradicación de las adicciones. V Promover y difundir las medidas y servicios públicos en materia de sensibilización, prevención, tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas cArchivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-082607824000012