Chihuahua - Centro de Conciliación Laboral del Estado de Chihuahua - (CHIH)

Solicitud del día 09/09/2024 a la dependencia Chihuahua - Centro de Conciliación Laboral del Estado de Chihuahua - (CHIH) del órgano Chihuahua

Descripción¿Cuántas demandas laborales se presentaron a en promedio en los ultimos años? Otros datosDatos estadísticos que manejan la Junta Local de Conciliaciòn y Arbitraje, Procuradurìa de la Defensa del Trabajo, Centro de Conciliaciòn Laboral del Estado de Chihuahua, Tribunal Laboral del Poder Judicial del Estado de Chihuahua.Respuesta del día11/09/2024Texto de respuestaEste organismo es responsable de ofrecer el servicio conciliatorio previo al juicio ante los tribunales locales, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123, apartado A, fracción XX, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 684-A y 684-B de la Ley Federal del Trabajo; y los artículos 3 y 8, fracción I y II de la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Chihuahua, entre otras disposiciones aplicables. Cabe mencionar que, mediante el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de mayo de 2022, se reformó el artículo Quinto Transitorio del "Decreto por el que se Reforman, Adicionan y Derogan Diversas Disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de la Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social, en Materia de Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2019. Esta reforma amplió el plazo hasta el 3 de octubre de 2022 para el inicio de las funciones de los Centros de Conciliación y Tribunales Laborales correspondientes a la Tercera Etapa de la Implementación de la Reforma Laboral. Al respecto, en aras de dar cabal cumplimiento a su solicitud, atendiendo al principio de publicidad y disponibilidad de la información, me permito hacer de su conocimiento que este Centro de Conciliación Laboral del Estado de Chihuahua resulta ser incompetente para atender la solicitud que nos ocupa, toda vez que carece de atribuciones para poseer la información respecto a cuantas demandas laborales se presentaron en promedio en los próximos años (SIC) que usted requiere, de conformidad con los artículos de las legislaciones citadas con anterioridad. Por lo anteriormente expuesto se le informa que, derivado a la rama de la competencia aplicable, deberá dirigir su solicitud ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Estado de Chihuahua y al Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua, esto con la finalidad de recabar la información requerida.Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-082762524000043

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaIncompetencia por razón de la materiaTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta25/09/2024Fecha solicitud término11/09/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deChihuahuaSector de la dependenciaDescentralizados