Chihuahua - Centro de Conciliación Laboral del Estado de Chihuahua - (CHIH)
Solicitud del día 19/09/2024 a la dependencia Chihuahua - Centro de Conciliación Laboral del Estado de Chihuahua - (CHIH) del órgano Chihuahua
Descripción¿Cuántos procedimientos de personas transgénero o transexuales hay en el Tribunal Laboral? Específicamente en el distrito judicial BravosOtros datosDesde enero del 2023 a diciembre del 2023Respuesta del día26/09/2024Texto de respuestaCon el propósito de dar cumplimiento a su solicitud de acceso a la información, recibida atendiendo al principio de máxima publicidad y disponibilidad de la información la Unidad de Transparencia de este Sujeto Obligado, hace de su conocimiento que, este organismo es responsable de ofrecer el servicio conciliatorio previo al juicio ante los tribunales locales, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123, apartado A, fracción XX, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 684-A y 684-B de la Ley Federal del Trabajo; y los artículos 3 y 8, fracción I y II de la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Chihuahua, entre otras disposiciones aplicables. Cabe mencionar que, mediante el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de mayo de 2022, se reformó el artículo Quinto Transitorio del "Decreto por el que se Reforman, Adicionan y Derogan Diversas Disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de la Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social, en Materia de Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2019. Esta reforma amplió el plazo hasta el 3 de octubre de 2022 para el inicio de las funciones de los Centros de Conciliación y Tribunales Laborales correspondientes a la Tercera Etapa de la Implementación de la Reforma Laboral. Al respecto, me permito hacer de su conocimiento que este Centro de Conciliación Laboral del Estado de Chihuahua resulta ser incompetente, en lo que respecta a la petición de su solicitud de acceso a la información ‘’¿Cuántos procedimientos de personas transgénero o transexuales hay en el Tribunal Laboral? Específicamente en el distrito judicial Bravos’’ (SIC) toda vez que carece de atribuciones para poseerla, de conformidad con los artículos de las legislaciones citadas con anterioridad.Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-082762524000050