Chihuahua - Coordinación de Política Digital - (CHIH)
Solicitud del día 02/07/2024 a la dependencia Chihuahua - Coordinación de Política Digital - (CHIH) del órgano Chihuahua
DescripciónNombre de la razón social o empresa de todos los medios de comunicación estatales, nacionales e internacionales. Con los cuales Gobierno del Estado de Chihuahua, tiene contratos de Publicidad. Presupuesto destinado para el órgano interno de comunicación social de Gobierno del Estado de los años 2022, 2023 y 2024. Copia de nómina de pago mensual de medios de comunicación estales, nacionales e internacionales que se efectuó del mes enero al mes de diciembre de los años 2022; 2023 y del 01 de enero al 30 de junio del 2024. Presupuesto. Viáticos utilizados por el Director de Comunicación Social, José Rene Sotelo Anaya, del 01 de enero al 31 de diciembre del 2023 y del 01 de enero al 02 de julio del 2024. Contrato vigente (2024) de publicidad con el Heraldo de Chihuahua (Agencia Periodística el Sol de Chihuahua) y el Diario de Chihuahua Pagos realizados al Heraldo de Chihuahua y el Sol de Parral por publicidad, durante los meses de enero a diciembre del 2023 y de enero a julio del 2024. Presupuesto bruto mensual pagado a medios de comunicación durante los meses de enero a diciembre del 2023 y de enero a julio del 2024. Viáticos utilizados por Salud Ochoa, del mes de enero al 02 de julio del 2024. Nómina de pago de las y los trabajadores de comunicación social de Gobierno del Estado de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio del 2024. Respuesta del día08/07/2024Texto de respuestaÚnico: Notifíquese al Solicitante de Información, el contenido del presente acuerdo, mismo que contiene la resolución mediante la cual el comité de transparencia resolvió confirmar la INCOMPETENCIA del sujeto obligado con folio I.A.EXT.1.24 señalada en el Considerando cuarto que antecede; lo anterior, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia y agréguese una copia a su expediente para constancia de su cumplimiento. En los términos del artículo 136 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, se hace del conocimiento del peticionario que se encuentra en su derecho de interponer el recurso de revisión que contempla el artículo antes señalado, pudiendo hacerlo de manera directa o por medios electrónicos, ante el órgano correspondiente. Dicho recurso de revisión deberá interponerse, en su caso, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación del presente acuerdo. Así lo acordó y firma el Mtro. Cesar Iván Orozco Silva en su carácter de responsable de la Unidad de Transparencia de la Coordinación de Política Digital, en los términos del artículo 37 de la Ley, autorizando para realizar la notificación del presente Acuerdo a los Lic. Gustavo Eduardo Zabre Pérez, y la Lic. Karla Nohemy Merino León.Archivo adjuntoDescargarFolioCHIH-IP-083100924000005