Chiapas - Ayuntamiento de Tapachula-Consejo Municipal de Seguridad Pública - (CHIS)
Solicitud del día 14/01/2017 a la dependencia Chiapas - Ayuntamiento de Tapachula-Consejo Municipal de Seguridad Pública - (CHIS) del órgano Chiapas
DescripciónBuenas tardes, Solicitamos información de acceso público (base de datos e informes) sobre seguridad municipal de Tapachula, Chiapas. Queremos conocer los índices de criminalidad de la cabecera municipal por sexo, nacionalidad, etnia, etc. Agradecemos se nos facilite dicha información, ya que no se encuentra de fácil acceso para su consulta.Respuesta del día21/06/2017Texto de respuestaACUERDO Honorable Ayuntamiento Constitucional de Tapachula, Chiapas. – Consejo Municipal de Seguridad Pública de Tapachula, Chiapas; a 21 de junio de 2017. Se tiene por recibido a través de la Plataforma Nacional de Transparencia CHIAPAS, con fecha 14 de enero de 2017 la solicitud de acceso a la información pública realizada por el C. Francisco Daniel Jimenez Cabrera, con número de folio 00040417, en la cual solicita la siguiente información: “Buenas tardes, Solicitamos información de acceso público (base de datos e informes) sobre seguridad municipal de Tapachula, Chiapas. Queremos conocer los índices de criminalidad de la cabecera municipal por sexo, nacionalidad, etnia, etc. Agradecemos se nos facilite dicha información, ya que no se encuentra de fácil acceso para su consulta.” Con fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos artículos 6° y 116 fracción VIII, de la Constitución Política del Estado de Chiapas artículo 90, la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 15, 125, 128, 129, 133 y demás relativos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas, así como del Reglamento de la Ley que Garantiza la Transparencia y el Derecho a la Información Pública para el estado de Chiapas artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 17, 18, 23, 24, 25, 26, y 27, a través de las vías o medios establecidos en la Ley, se responde la solicitud de la siguiente manera: En atención a la solicitud se le contesta al promovente de la siguiente manera: Con Fundamento en el artículo 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas, se da contestación a la solicitud de información por parte de la Secretaria de Seguridad Pública Municipal, ya que este Consejo Municipal de Seguridad Pública no genera dicha información, la cual anexo en formato pdf al presente acuerdo, esperando la información sea la que busca quedamos a sus apreciables órdenes.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ Por lo anteriormente expuesto y fundado, se tiene por contestada la solicitud en tiempo y forma a través de la presente resolución, información que deberá enviarse a través de la Plataforma Nacional de Transparencia CHIAPAS, para su notificación correspondiente; en su oportunidad archive el presente expediente como asunto concluido.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ Así lo acordó, mandó y firma, Lic. Luz Karina Cossio Hernández responsable de la unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Consejo Municipal de Seguridad Pública del H. Ayuntamiento de Tapachula, Chiapas.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Archivo adjuntoDescargarFolioCHIS-IP-00040417