Chiapas - Coordinación Estatal para el Mejoramiento del Zoológico ""Miguel Álvarez del Toro""
Solicitud del día 04/11/2023 a la dependencia Chiapas - Coordinación Estatal para el Mejoramiento del Zoológico ""Miguel Álvarez del Toro"" del órgano Chiapas
DescripciónPor medio del presente ocurso, solicito se me proporcione la información pública que, como respuesta se llegue a generar u otorgar por la Dependencia a su digno cargo; ello con relación al contenido del documento adjunto a esta consulta. Cabe destacar que, la misma deberá ser examinada en todas y cada una de sus partes, incluyendo los vínculos digitales que le remitan adecuadamente a las carpetas respectivas, mismas que almacenan diversa información documental de relevancia, los cuales, se deben analizar a detalle para otorgar la contestación apropiada a la presente solicitud; formulada con fundamento en los artículos 1, 8 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En caso de no ser la autoridad competente, les pido porfavor remitir está solicitud al Despacho de la Gobernadora Constitucional del Estado de Tlaxcala, para su devida atención y pronta respuesta, su correo electrónico oficial es: secretariaparticular@tlaxcala.gob.mx o también al correo de la autoridad responsable de todo esto lutorahe@gmail.com e ivan.garcia.100592@gmail.com, por su atención les agradezco enormemente en coadyuvar con el reconocimiento, respeto, protección y defensa de mis derechos humanos que fueron amplia y sistemática transgredidos por servidores públicos del Estado Mexicano. Cabe destacar que tuve que hacer esto, utilizar así la Plataforma Nacional de Transparencia, porque los medios de información solo publican lo que en Gobierno dice, así mantienen este tipo de asuntos ocultos, desinformado a la población con problemas que están sucediendo actualmente y que nadie hace nada, ni las Autoridades, y, mientras tanto, todos en el Gobierno violan impunemente nuestras prerrogativas, pero sobre la Ley, espero pueda compartir este mensaje en su portal de internet oficial o algún medio externo.Otros datosACTOS DE CORRUPCIÓN: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis DEBER DE HACER: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/196503 DEBER DE SANCIONAR: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/163182 DEBER DE SOLUCIONAR: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/165121 BUENA ADMINISTRACIÓN: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2023930 ACCESO A LA INFORMACIÓN: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/200111Respuesta del día07/11/2023Texto de respuestaPRIMERO.- Que del análisis objetivo y sustancial de las constancias que se han tenido a la vista y que corresponden al requerimiento y respuesta otorgada por el Titular de la Unidad de Apoyo Administrativo de esta Coordinación Estatal para el Mejoramiento del Zoológico Miguel Álvarez del Toro, que en su caso pudiese tener competencia para determinar lo conducente derivado de sus respectivas facultades, se advierte en ella que de manera clara el Titular, expone que lo requerido no corresponde al ámbito de competencia de esta Unidad de Apoyo Administrativo de este Organismo, de acuerdo al “Memorándum No. CEMZOOMAT/UAA/00428/2023, informando respecto de este requerimiento, en el cual manifiestan que se transcribe textualmente que a la letra dice: “En relación del párrafo anterior, me permito informar que de acuerdo a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas en sus Artículos 63,66, 67,68, 70, 152, 153, 154, 158, 161, 162, ahora bien, le informo que esta Unidad de Apoyo Administrativo de la Coordinación Estatal para el Mejoramiento del Zoológico “Miguel Álvarez del Toro”, no es competente de conocer el amparo indirecto con número de expediente 1600/2023-II del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, de acuerdo en su escrito de fecha 27 de octubre del 2023, no se cuenta con información alguna del C. Luis Eliseo Arteaga Uribe. Por lo anterior, solicito al Comité de Transparencia de la Coordinación Estatal para el Mejoramiento del Zoológico “Miguel Álvarez del Toro” para que determine, confirme, modifique o revoque que no somos competentes en conocer la información solicitada por el C. Luis Eliseo Arteaga Uribe la solicitud de información que se tiene registrado mediante folio 070117923000007 recibida a través de la plataforma nacional de transparencia.” (Sic). Razón por lo cual este organismo resulta incompetente para dar respuesta a dicha petición. Del mismo modo, en uso de la voz, el Presidente del Comité advierte que si bien la Unidad de Apoyo Administrativo de esta Coordinación no es competente para otorgar la información solicitada en virtud de que de acuerdo a las características de la solicitud se observa que estas se refieren a otros temas ajenos a los inherentes a este Sujeto Obligado. SEGUNDO: Tomando en consideración lo asentado en el acuerdo anterior, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 66, fracción II y 154 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Chiapas, de manera unánime este Comité de Transparencia, determina CONFIRMAR LA INCOMPETENCIA DE LA INFORMACIÓN, CORRESPONDIENTE a la solicitud de Acceso a la Información con número de folio 070117923000007 TERCERO: Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley de Transparencia Local, se instruye al responsable de la Unidad de Transparencia de este sujeto obligado, a emitir la respuesta a la solicitud de mérito, debiendo notificar al peticionario dentro de los términos de lo previsto por el artículo 152 de la misma Ley, reproduciendo e insertando en su resolución, los razonamientos que se contiene en los antecesores puntos de acuerdo, y asimismo, cumplir con las formalidades que derivan de la leyes de la materia que resulten aplicables.Archivo adjuntoDescargarFolioCHIS-IP-070117923000007