Chiapas - Junta Local de Conciliación y Arbitraje - (CHIS)
Solicitud del día 24/06/2024 a la dependencia Chiapas - Junta Local de Conciliación y Arbitraje - (CHIS) del órgano Chiapas
DescripciónVER ANEXORespuesta del día04/07/2024Texto de respuestaCon fundamento en el Artículo 17 Fracción XVI del Reglamento Interior de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Chiapas, me permito informar que, una vez realizada la búsqueda minuciosa en el archivo de esta Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Chiapas, se advierte que no existe registro alguno de contrato colectivo de trabajo registrado ante esta Autoridad Laboral, en relación a la Confederación Autentica de Trabajadores Especialistas de México (CATEM), lo que se hace de su conocimiento para los efectos legales a que haya lugar. Aunado a lo anterior, le hago de su conocimiento sobre el decreto publicado el 01 de mayo de 2019 en el Diario Oficial de la Federación, específicamente en los Transitorios Tercero y Cuarto, se estableció que las funciones registrales de las Juntas Locales terminarían una vez comenzadas las funciones del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, por lo que conforme al "Acuerdo por el que se crean las oficinas estatales y de apoyo estatal del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral" que fue publicado en el DOF el día 13 de noviembre de 2020, se estableció que, a partir del 18 de noviembre de 2020, las funciones registrales quedaban suspendidas para la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Chiapas. Por lo anterior, esta H. Junta dejó de ser competente para conocer de cualquier asunto relacionado con Contratos Colectivos de Trabajo, por lo que se le sugiere solicitar la información al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.Archivo adjuntoDescargarFolioCHIS-IP-070120224000025